Resolución de Gabinete Nº 111 de 14 de julio de 2008, "QUE EXCEPTÚA AL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA, LO AUTORIZA A CONTRATAR DIRECTAMENTE CON EL MINISTERIO DE INDUSTRIAS BÁSICAS DE CUBA Y LA EMPRESA IMPORTADORA-EXPORTADORA DE OBJETIVOS ELECTRO-ENERGÉTICOS (ENERGOIMPORT), PERTENECIENTE A LA UNIÓN ELÉCTRICA DE CUBA, PARA LA COMPRA Y DISTRIBUCIÓN DE LÁMPARAS FLUORESCENTES COMPACTAS, POR UN MONTO DE SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BALBOAS CON 00/100 (B/.6,528,250.00.) Y APRUEBA EL RESPECTIVO CONTRATO"
RESOLUCIÓN DE GABINETE No.111
(de 14 de julio de 2008)
Que exceptúa al Ministerio de la Presidencia del procedimiento de licitación pública, lo autoriza a contratar directamente con el Ministerio de Industrias Básicas de Cuba y la Empresa Importadora-Exportadora de Objetivos Electro-Energéticos (ENERGOIMPORT), perteneciente a la Unión Eléctrica de Cuba, para la compra y distribución de lámparas fluorescentes compactas, por un monto de seis millones quinientos veintiocho mil doscientos cincuenta Balboas con 00/100 (B/.6,528,250.00.) y aprueba el respectivo contrato.
EL CONSEJO DE CABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el Estado considera importante realizar una campaña de ahorro energético, que incluya el reemplazo de focos ahorradores que impida el racionamiento de energía eléctrica para el año 2009;
Que el Ministerio de Economía y Finanzas convocó a la Licitación Pública 2007-0-16-0-08-LP001140 y la mejor oferta de las empresas que participaron en el Acto Público No.2007-0-16-0-08-LP-001140 ofreció un costo promedio por lámpara de dos balboas con 50/100 (B/.2.50), sin incluir la instalación y sin las garantías necesarias para esta campaña, razón por la cual esta licitación fue declarada desierta mediante la Resolución No. 007 del 29 de enero de 2008;
Que el Estado tiene urgencia evidente para satisfacer el interés colectivo y, por tanto, considera necesaria la compra de los focos ahorradores;
Que el Estado suscribió con Cuba un Acuerdo de Cooperación de Uso Racional y Eficiente de la Energía y Uso de Energías Renovables, Complementario del Convenio Básico de Cooperación;
Que dicho acuerdo permite la compra y distribución de las lámparas fluorescentes compactas (LFC), lo que significa un ahorro importante para el país estimado en el equivalente a una planta de 35 MW con un ahorro de 94.5 barriles de DIESEL por hora;
Que la empresa cubana ENERGOIMPORT tiene en inventario las lámparas fluorescentes compactas, lo que permitirá tenerlos en nuestro país de forma expedita;
Que las lámparas fluorescentes compactas (LFC) tienen las características técnicas apropiadas y se adquieren a precios inferiores a los ofertados en la Licitación declarada desierta, y ENERGOIMPORT garantiza el desarrollo completo de la campaña de cambio de bombillos entre los meses de agosto a diciembre;
Que el precio promedio por foco ofrecido por...
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