Resolución S.B.P. Nº 46-06 de 9 de noviembre de 2006, "RECONOCER EL PAGO DE UN INCENTIVO A LOS FUNCIONARIOS DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS POR SU CONTRIBUCION A LOS LOGROS INSTITUCIONALES Y EXITOSA GESTIÓN ADMINISTRATIVA."

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCION S.B.P. 046-2006

( 9 de junio de 2006)

LA SUPERINTENDENTE DE BANCOS

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 4 del Decreto Ley No. 9 de 1998 se creó la Superintendencia de Bancos como organismo autónomo del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio y capacidad para su administración y manejo.

Que de conformidad con el Artículo 5 del Decreto ley 9 de 1998, son funciones de la Superintendencia velar por la solidez y eficiencia del Sistema Bancario panameño así como procurar el fortalecimiento de las condiciones para el desarrollo sostenido de Panamá como Centro Bancario Internacional.

Que el Centro Bancario de Panamá registra un incremento en los activos toda vez que en 1999 se contaba con la cantidad de 36,985 (millones de Balboas) y al 31 de marzo de 2006 se cuenta con la cantidad de 39,560 (millones de Balboas), registrándose un incremento de 2,575 (millones de Balboas).

Que el Centro Bancario Internacional contaba con activos consolidados por un total de 35,800 (millones de balboas) a diciembre de 2003 y al 31 de marzo de 2006 los activos consolidados alcanzan un nivel de 45,834 (millones de balboas).

Que en el año 2005 el Fondo Monetario Internacional hizo una evaluación a Panamá sobre los 25 Principios Básicos de Basilea para una Supervisión Bancaria Efectiva. En esta evaluación se confirmó el alto grado de cumplimiento de estos principios (más del 90%) por parte de la Superintendencia de Bancos de Panamá.

Que el Comité de Basilea, en sus principios señalan que es necesario que los Entes Reguladores de los servicios bancarios y financieros adopten programas y políticas de recursos humanos que contemplen el pago de incentivos a sus funcionarios, con la finalidad de mantener al personal motivado e incentivado en el ejercicio de sus funciones bajo los principios de integridad, confidencialidad, transparencia, probidad y honestidad.

Que el reconocimiento de un incentivo a los funcionarios de esta Institución posibilita a la Superintendencia de Bancos a mantener un mayor grado de competencia salarial con respecto al sector financiero privado al tiempo que motiva a los funcionarios a permanecer laborando en la misma.

Que el numeral 16 del Artículo 17 del Decreto Ley 9 de l998, corresponde al Superintendente entre el ejercicio de las atribuciones de conformidad con la Ley, “fijar los sueldos y demás emolumentos y nombrar, trasladar...

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