Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 10 de Marzo de 2014

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La firma forense Infante & P.A., actuando en representación de la sociedad denominada HSBC BANK USA, ha promovido ante la Sala Tercera de la Corte Suprema, incidente de levantamiento de secuestro, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Caja de Seguro Social le sigue a A.G.. Por medio de la resolución de 16 de enero de 2012 (f.18), se admite el incidente propuesto, ordenándose el traslado del mismo al ejecutado, a la ejecutante y a la Procuraduría de la Administración. I. FUNDAMENTOS DEL EXCEPCIONANTE La firma forense Infante & P.A., actuando en representación de la sociedad denominada HSBC BANK USA, sustenta la incidencia de la siguiente forma: "PRIMERO: Escritura Pública N° 16851 de 12 de septiembre de 2000, de la Notaría Décima de Circuito de Panamá, inscrita a la Ficha 232820, Documento 152246 del 20 de septiembre de 2000, Departamento de Micropelículas (hipotecas y anticresis), el HSBC BANK USA celebró contrato de préstamo con el señor A.G.G.M.. SEGUNDO: El bien inmueble dado en garantía fue la Finca 232820, debidamente inscrita al Documento 152246 del 20 de septiembre de 2000, Departamento de Micropelículas (hipotecas y anticresis), propiedad A.G.G.M.. TERCERO: El señor A.G.G.M., incumplió con el préstamo hipotecario, por lo que el HSBC BANK USA, procedió a declarar la obligación de plazo vencido líquida y exigible por lo que presentaron Proceso Ejecutivo Hipotecario en contra del señor A.G.G.M.. CUARTO: Una vez rustrido los trámites de ley se procedió a adjudicar la Finca 196366, Documento 15224, a favor de HASB BANK USA, mediante Auto N° 1104/96-05 de 13 de septiembre de 2007; no obstante, la inscripción ante el Registro Público no se ha podido llevar a cabo, toda vez que pesa un secuestro de La Caja de Seguro Social sobre dicha Finca. QUINTO: Tomando en cuenta que la Finca afectada con la medida cautelar dentro del proceso de La Caja de Seguro Social, ya fue rematada y adjudicada al acreedor hipotecario, el objeto que se perseguía con la medida queda sin efecto; sin embargo, si obstaculiza poder culminar el proceso de inscripción, razón por la cual se le solicita que se ordene el levantamiento." CONTESTACIÓN A LA INCIDENCIA INCOADA La licenciada R.R. de P., abogada principal, y el licenciado J.R.C., abogado sustituto, actuando en condición de apoderados judiciales de la Caja de Seguro Social, procede a contestar el incidente de levantamiento de secuestro, en los siguientes términos: "PRIMERO: No nos consta y...

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