Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 28 de Marzo de 2022

PonenteCecilio A. Cedalise Riquelme
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2022
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Cecilio A. Cedalise Riquelme

Fecha: 28 de marzo de 2022

Materia: Juicio ejecutivo por jurisdicción coactiva

Incidente

Expediente: 712872021

VISTOS:

La Firma Forense Morgan & Morgan, apoderados especiales de la entidad bancaria BANISTMO, S.A., ha presentado formal Incidente de Rescisión de Secuestro dentro del Proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo instaurado por el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO contra I.E.C.D., con la finalidad que se levante el secuestro decretado sobre el Vehículo marca Chevrolet, Modelo Aveo, Motor 3G1TB5AF0EL106314, Color Blanco, año 2014, matrícula AF3343.

Esta Colegiatura, mediante Providencia de veintinueve (29) de junio de dos mil veintiuno (2021), admitió el Incidente de Rescisión de Secuestro que nos ocupa y ordenó correrle traslado al ejecutado, a la entidad ejecutante y a la Procuraduría de la Administración, por el término de tres (3) días, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 760 del Código Judicial (Ver foja 13).

ARGUMENTOS DEL INCIDENTISTA

Los apoderados especiales de BANISTMO, S.A., han sustentando el presente incidente, con base en los siguientes hechos (Ver fojas 3 a 5):

  1. Que mediante Escritura Pública N°8542 de fecha veintisiete (27) de marzo de dos mil catorce (2014), de la Notaría Quinta del Circuito de Panamá, el señor I.E.C.D. celebró un Contrato de Préstamo con Garantía de Bien Mueble, por la suma de Doce Mil Setecientos Treinta y Ocho con 28/100 (US$12,738.28), modeda de curso legal de Estados Unidos de América, con la entidad bancaria BANISTMO, S.A., y constituyó a favor de BANISTMO, S.A., HIPOTECA sobre el vehículo marca Chevrolet, Modelo Aveo, Motor 3G1TB5AF0EL106314, Color Blanco, año 2014, matrícula AF3343, debidamente inscrito en el Municipio de Panamá.

  2. Que a causa del incumplimiento de las obligaciones de pago, por parte de ILUKALER EWDIN CASTILLERO DAVIS, la entidad bancaria interpuso un Proceso Ejecutivo Hipotecario con Renuncia de Trámites, en su contra, el cual quedó radicado en el Juzgado Decimotercero de Circuito Civil de Panamá y, en consecuencia, mediante Auto N°2315 de ocho (8) de noviembre de dos mil diecinueve (2019), adicionado mediante Auto N°2577 de fecha doce (12) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), se decretó embargo a favor de su mandante sobre el vehículo marca Chevrolet, Modelo Aveo, Motor 3G1TB5AF0EL106314, Color Blanco, año 2014, matrícula AF3343, de propiedad de ILUKALER EWDIN CASTILLERO DAVIS, debidamente inscrito en el Municipio de Panamá.

  3. Que la...

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