Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 21 de Julio de 1999

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución21 de Julio de 1999
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ingresó a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el incidente de previo y especial pronunciamiento presentado por el licenciado R.F.C., en representación de la señora MERCEDES DE LEON DE HEMMERLING, "en contra de la notificación que realizara el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, de la Resolución calendada el día veinticinco (25) de septiembre de 1998, en donde se 'DECLARA PRESCRITA LA ACCION PENAL a favor de la señora S.D., y el señor A.G.G., en el sumario seguido contra ellos por delito contra la fe pública en perjuicio de la señora MERCEDES DE LEON DE HEMMERLING y ORDENA su archivo inmediato'".

Sostiene el licenciado CASTELLANOS que dicha notificación "no debió ser realizada por edicto, por haber estado el expediente en el despacho del magistrado ponente por un año, con una anotación en la secretaria del tribunal con el status de 'Por Resolver'". Explica que en el proceso donde él actúa como Acusador Particular en representación de la señora DE HEMMERLING, la defensa de S.D. -sindicada por deliito contra la Fe Pública- presentó una solicitud de Prescripción de la Acción Penal ante el Juzgado Sexto de Circuito, Ramo Penal; que dicha solicitud fue negada por el tribunal y fue apelada ante el superior, quedando "radicada como ponente en la persona del magistrado A.A.C. quien después de un año de tener el expediente, decide mediante proyecto que somete a consideración de los magistrados E.M.B.S. y MARIO L.C., declarar la prescripción de la Acción Penal, declaratoria que a nuestro criterio no era procedente, pero al parecer ese era el objetivo, conducta que para nosotros es irregular."

En primer lugar advierte...

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