Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 30 de Julio de 0200

Número de expediente269-D
Fecha30 Julio 0200

VISTOS:

La licenciada G.M.. D., apoderada judicial de E.S.J., interpuso Incidente de Nulidad por Falta de Competencia, dentro del proceso penal seguido contra su representado por presunta comisión de delito contra la Administración Pública.

LOS HECHOS

El presente negocio ingresó a la Sala de lo Penal procedente del Juzgado Primero del Circuito de Veraguas, Ramo Penal, quien mediante Auto No. 362 de 24 de marzo de 2008 se inhibió del conocimiento del presente sumario, toda vez que el señor E.S., actualmente funge como Sub-comisionado con mando y jurisdicción a nivel nacional como J. del Departamento de Ingeniería e Infraestructura de la Policía Nacional.

Asignado el negocio a este Despacho Sustanciador se le dio traslado de la incidencia a la señora Procuradora General de la Nación y al expresar su opinión expuso "que se infiere que el encartado para la fecha en que se desarrollo (sic) la investigación, tenía mando en toda la República por su condición de Sub-comisionado, no obstante, su jurisdicción estaba circunscrita a la Zona de Policía de Veraguas y aun cuando ello, haya variado hoy, lo actuado en relación al mismo con anterioridad es válido y así debe ser considerado". Por tal razón solicita a la Sala Segunda de lo Penal que al momento de examinar el presente incidente de nulidad por falta de competencia se proceda a negar el mismo.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

Previo al examen del negocio, este Despacho Sustanciador remitió el oficio No. 258-SP-08 de 11 de junio 2008 a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional a efectos de conocer el estatus del funcionario denunciado.(f. 37).

En respuesta a la solicitud, el Departamento de Asesoría Legal de la Policía Nacional, mediante Nota DAL-2462-08 de 16 de junio de 2008, manifestó que el señor E.S. tiene el rango de Sub-Comisionado "lo cual indica que el resto del personal con menor rango debe mantener una subordinación indirecta y respeto como superior en rango" y que desde la perspectiva administrativa ejerce el cargo de Jefe del Departamento de Ingeniería e Infraestructura de la Policía Nacional, que implica responsabilidad directa de las actividades de la institución en mantenimiento y obras en las diferentes Zonas Policiales, "lo que establece su facultad de mando directo a ser ejercida dentro del espacio geográfico relacionado en el mantenimiento adecuado de infraestructuras de estas Z., que debe ser considerada como la jurisdicción, que en el caso que nos ocupa, se...

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