Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 10 de Mayo de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Conoce la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia del incidente de rescisión de secuestro interpuesto por el Licenciado J.C.C. en representación del BANCO NACIONAL DE PANAMA (en adelante BNP), dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la extinta Autoridad de la Región Interoceánica a la señora A.I.A. CASTILLO.

El Lcdo. C., fundamenta el incidente de rescisión de secuestro señalando, que mediante Escritura Pública No.3698 de 2 de abril de 2004, la señora A.I.A.C. celebró contrato de préstamo con el BNP, el cual fue garantizado con primera hipoteca y anticresis sobre la finca No.46430, inscrita al documento 531860, de la sección de propiedad, Provincia de Panamá. Dicho gravamen hipotecario se encuentra inscrito desde el 9 de junio de 2004. Que por incumplimiento de la obligación el Juzgado Ejecutor del BNP, por razón del Auto No.291-J-2 de 25 de noviembre de 2005, decretó embargo sobre la referida finca.

Agrega además, que mediante Auto No. 204 de 24 de octubre de 2005, el Juzgado Ejecutor Sector Pacífico de la extinta Autoridad de la Región Interoceánica, decretó secuestro sobre una cuota parte de la referida finca, dada en garantía hipotecaria al BNP.

Finalmente señala, que el derecho real de hipoteca y anticresis que tiene el BNP sobre la finca No.46430 está inscrito con anterioridad al Auto No.204 de 24 de octubre de 2005 emitido por el Juzgado Ejecutor Sector Pacífico de la extinta Autoridad de la Región Interoceánica (fs.18-19).

Mediante auto de 21 de agosto de 2006, se admitió el incidente de rescisión de secuestro presentado y se dio traslado del mismo a la Lcda. M.C.A., Administradora Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), con funciones de Juez Ejecutor de la extinta Autoridad de la Región Interoceánica y al Procurador de la Administración.

Cabe mencionar, que en el cuadernillo contentivo del proceso en estudio no consta escrito de oposición al incidente de rescisión de secuestro, por parte de la Administradora Provincial de Ingresos de la Provincia de Panamá del MEF.

Por su parte, el Procurador de la Administración, mediante la Vista No.107 de 15 de marzo de 2007, solicita a la Sala que se declare probado el incidente de rescisión de secuestro, pues el título que exhibe el BNP, constituye un derecho real, inscrito con anterioridad a la fecha en que el Juzgado Ejecutor Sector Pacífico de la extinta Autoridad de la Región Interoceánica, decretara formal secuestro sobre el bien mueble, por lo que dicha documentación cumple...

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