Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 19 de Marzo de 2007

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La licenciada M.T.E., actuando en representación de PRIMER BANCO DEL ISTMO, S.A., ha interpuesto INCIDENTE DE LEVANTAMIENTO DE EMBARGO dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Banco Nacional de Panamá a Gran ALUMINIO Y VIDRIO, S.A. Y D.A.R..

La incidentista, en lo medular, ha señalado que el deudor D.A.R., constituyó gravamen hipotecario a favor de Banco del Istmo, S.A., sobre el bien inmueble de su propiedad identificado como Finca No. 177841 que fue inscrito en la sección de Hipotecas y Anticresis del Registro Público desde el 22 de marzo de 1999.

Sigue indicando, que ante el incumplimiento de las obligaciones crediticias del deudor A.R., el Banco del Istmo, S.A., promovió ante la esfera jurisdiccional, un proceso ejecutivo hipotecario, cuya consecuencia inmediata fue el decreto de embargo del bien inmueble dado en garantía, por parte del tribunal que aprehendió el conocimiento de la causa.

Con base en las siguientes consideraciones, la licenciada ELLIS solicita que se acceda a la solicitud de levantamiento del embargo decretado por el Banco Nacional, con base en la preferencia que otorga el derecho real de hipoteca que en este caso se ha ejercitado con el consecuente remate y ulterior adjudicación de la finca a favor de WILLIAMSBURG INTERNATIONAL CORP.

La Sala procede, entonces, a revisar el libelo instaurado a fin de determinar si cumple con los requisitos de admisibilidad exigidos por ley.

El incidente interpuesto por la licenciada ELLIS tiene por propósito levantar el embargo que supuestamente le ha sido aplicado a un inmueble propiedad de D.A.R., producto de un proceso por cobro coactivo instaurado por el Banco Nacional de Panamá.

Al revisar la documentación presentada como prueba para la correspondiente admisión, se observa que efectivamente consta en los antecedentes la copia autenticada de la Escritura No. 1548 de 4 de febrero de 1998, mediante la cual se "celebra contrato de Préstamo garantizado con Primera Hipoteca y Anticresis sobre la finca que resulte en el Registro Público de la segregación del Lote No. 7-B de la finca"; del Auto No. 635 de 21 de marzo de dos mil dos (2002) , mediante el cual el Juzgado Décimo Séptimo de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, ordena el pago a cargo de D.A.R. a favor de Primer Banco del Istmo, S.A., y en consecuencia decreta el EMBARGO, a favor de Primer Banco del Istmo, S.A. Sobre la finca No. 177841; de la nota dirigida a la Dirección del...

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