Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 31 de Enero de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución31 de Enero de 2007
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado J.I.Q., ha interpuesto incidente de nulidad, en su propio nombre y representación, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Banco Nacional de Panamá.

El licenciado Q., sustentó el incidente de nulidad en los siguientes términos:

PRIMERO: El día 27 de diciembre de 2005 se inicia proceso ejecutivo por jurisdicción coactiva en contra de J.I.Q.. Lo cual consta a fojas 1 del proceso por jurisdicción coactiva Banco Nacional de Panamá vs J.I.Q..

SEGUNDO: El día 18 de enero de 2006 se dicta Auto Ejecutivo número 111-08 que declara la obligación vencida y libra mandamiento de pago ejecutivo a favor del Banco Nacional de Panamá en contra de J.I.Q.. Esto es notificado personalmente el día cuatro de mayo de 2006. Todo esto consta a fojas 35 a 37 del proceso. Banco Nacional de Panamá vs J.I.Q..

TERCERO: El día 9 de junio de 2006 el Juez Ejecutor del Banco Nacional de Panamá, casa matriz, dicta el Auto N° 199-J-1 de 9 de junio de 2006, mediante el cual suspende el proceso de cobro coactivo que le sigue el Banco Nacional de Panamá a J.I.Q. con cédula 8-229-2281. Dicho Auto es notificado mediante edicto N° 124-J-1 fijado el día 9 de junio de 2006 y desfijado el día 19 de junio de 2006. Todo esto consta a fojas 62 a 64 del proceso Banco Nacional de Panamá vs J.I.Q..

CUARTO: El día 21 de agosto de 2006, el Juez Ejecutor dicta Auto N° 261-J-1 de 21 de agosto de 2006, donde reside abrir el proceso y fija fecha de remate. Este Auto es notificado mediante edicto de notificación N° 160-J-1 fijado el 22 de agosto de 2006 y desfijado el 29 de agosto de 2006 en Abierta violación a la ley que regula esta materia.

QUINTO: Es evidente que entre estas dos resoluciones administrativas han pasado más de dos meses y han sido notificadas por edicto cuando debieron ser notificadas personalmente.

SEXTO: El día 5 de octubre de 2006 el Juez Ejecutor dicta auto N° 381 de igual fecha en el cual fija fecha de remate para el día 12 de diciembre de 2006, este auto es notificado mediante edicto de notificación N° 204-J-1 fijado el 6 de octubre de 2006 y desfijado el día 16 de octubre de 2006 lo cual consta a fojas 76 a 77 del proceso Banco Nacional de Panamá vs J.I.Q..

Debemos señalar que, en el expediente contentivo del proceso ejecutivo, consta copia autenticada por el Banco Nacional de Panamá, de la Escritura Pública N° 7925 de 15 de julio de 2004, POR LA CUAL LA SOCIEDAD BEPAL ENTERPRISES, S.A., VENDE LA FINCA DE SU PROPIEDAD A...

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