Resolución Nº 84-05 de 29 de septiembre de 2005, APROBAR LA INCLUSION DE LAS SIGUIENTES FINCAS DENTRO DEL CERTIFICADO DE INSCRIPCION DE LA EMPRESA LUNA BRILLANTE, S.A.

RESOLUCION No.84/05

De 29 de septiembre de 2005

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución No.25/2003 de 22 de mayo de 2003, la Junta Directiva del IPAT aprobó la inscripción en el Registro Nacional de Turismo, de la empresa LUNA BRILLANTE S. A, inscrita a Ficha No. 309958, Rollo No.48149, imagen 88 de la sección de propiedad, provincia de Panamá, para el desarrollo del proyecto denominado Royal Decapolis, ubicado en la Avenida Balboa, Marbella, antiguo Colegio San Agustín, Corregimiento San Francisco, Provincia de Panamá.

Que de acuerdo a la información presentada por la empresa se emitió el Certificado de Inscripción en el cual consta que la empresa LUNA BRILLANTE S. A, tiene derecho entre otros beneficios a la exoneración del impuesto de inmueble por 20 años de las siguientes fincas:

Finca No.217181, inscrita al Documento 3884243; Finca 29934, inscrita al Documento 292717; Finca 793777, inscrita al Tomo 1777, Folio 390, actualizado al Rollo 27767, Documento 3, Sección de Propiedad, Provincia de Panamá.

Que posteriormente, la firma forense PATTON, MORENO & ASVAT, en representación de la empresa LUNA BRILLANTE S. A, solicita la inclusión dentro del Registro Nacional de Turismo a efectos de que sean exoneradas del pago del impuesto de inmueble por un periodo de 20 años, solamente las nuevas fincas que se mantendrán exclusivamente en propiedad de la sociedad , que surgieron con motivo de la incorporación al Régimen de Propiedad Horizontal de la Finca No.217181, inscrita al documento actualizado 384243, Rollo 1, Asiento 1, de la Sección de la propiedad, provincia de Panamá, del Registro Público, que actualmente forman parte del Centro Turístico Internacional Multicentro.

Que en base a la solicitud realizada por la empresa, la Dirección de Servicios e Inversiones Turísticas, a través de su Departamento de Registro de Actividades Turísticas, realizó una inspección al área del proyecto, luego de lo cual emite un informe técnico en el cual concluye que en el listado de las fincas que surgen con motivo de la incorporación al Régimen de Propiedad Horizontal de la Finca No.217181, antes mencionada, se puede observar diversos tipos de actividades comerciales que se realizan dentro de las 173 fincas (locales), ubicados en dicho Centro Comercial. Agrega el informe que como se puede concluir, ninguna de las 173 fincas clasifica como alojamiento turístico, sin embargo, algunos de dichos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR