Resolución Nº 87/07 de 3 de diciembre de 2007, "POR LA CUAL SE APRUEBA LA INCLUSIÓN DE LA FINCA NO. 225932, DOCUMENTO DIGITALIZADO 506872, DENTRO DE LA INSCRIPCIÓN DE LA EMPRESA LUNA BRILLANTE, S.A. EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO"

RESOLUCIÓN No. 87/07

De 3 de diciembre de 2007

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, Y,

CONSIDERANDO:

Que el Gerente General del Instituto Panameño de Turismo ha presentado para la consideración y aprobación de los Señores Directores, la solicitud presentada por la empresa LUNA BRILLANTE, S.A., sociedad inscrita a Ficha 309958, Rollo 48149, Imagen 88, del Registro Público de Panamá, para la inclusión de la Finca No. 225932, Documento Digitalizado No. 506872 en la inscripción que mantiene la empresa en el Registro Nacional de Turismo.

Que mediante Resolución No. 25/2003 de 22 de mayo de 2003, modificada por la Resolución No. 84/05 de 29 de septiembre de 2005, se aprueba la inscripción de la empresa LUNA BRILLANTE, S.A. en el Registro Nacional de Turismo, para el desarrollo de un proyecto turístico denominado Royal Decápolis, ubicado en Avenida Balboa, Marbella, antiguo Colegio San Agustín, Corregimiento de San Francisco, Provincia de Panamá.

Que de acuerdo a la Resolución antes señalada, la empresa goza del incentivo de exoneración de impuesto de inmueble sobre la Finca No. 29934, Documento 292717.

Que a través de escrito presentado por los apoderados legales de la empresa LUNA BRILLANTE, S.A., se indica que se ha segregado para sí, la finca No. 225932, Documento Digitalizado 509872 de la finca madre No. 29934, Documento 292717, antes señalada, y se solicita que se incluya en la inscripción de la empresa a la nueva finca segregada y se le reconozcan los derechos e incentivos derivados de la Ley No. 8 de 1994.

Que de acuerdo a memorando No. 119-1-RN-469 de 27 de noviembre de 2006 del Registro Nacional de Turismo, sobre la finca No. 225932 se ha construido y desarrollado la actividad turística de alojamiento público remunerado, con 300 habitaciones y actividades complementarias, denominado Hotel Radisson Decápolis.

Que tal y como han señalado los apoderados legales de la empresa LUNA BRILLANTE, S.A., el resto libre de la finca madre No. 29934, que está siendo objeto de incentivos por parte de la Ley No. 8 de 1994, será destinado para otros proyectos turísticos cuyas aprobaciones se encuentran en trámite, bajo la responsabilidad de la empresa Megapolis Investment Group.

Que además, consta en expediente contrato de promesa de compra venta en la cual LUNA BRILLANTE, S.A. se compromete a vender un globo de terreno segregado de la finca No. 29934 a la empresa Megapolis Investment Group, Inc. para el...

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