Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 8 de Marzo de 1995

PonenteRODRIGO MOLINA A
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 1995
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma de abogados H., Cohen & Asociados, actuando en representación de S.H.A., ha instaurado demanda de inconstitucionalidad contra el Auto de 22 de diciembre de 1994, dictado por el Juez Tercero Municipal de Panamá, Ramo Penal, con sede en el Corregimiento de Ancón mediante el cual SOBRESEE PROVISIONALMENTE a los señores E.R.J. y A.R.M.M. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2211 del Código Judicial.

Por cumplidas las reglas de reparto, la demanda de inconstitucionalidad instaurada por el demandante se encuentra, por tanto, en estado de decidir sobre su admisibilidad, a lo que se procede seguidamente previas las consideraciones siguientes:

De los "Hechos de la Pretensión" expuestos en la demanda en estudio claramente se advierte, que el supuesto vicio de inconstitucionalidad de que se acusa a la resolución judicial se fundamenta en apreciaciones referentes a la Vista del funcionario instructor de las sumarias, la cual según los hechos del indicado libelo fue prohijada por el "funcionario judicial al resolver la controversia penal sometida a su consideración ..."; habida cuenta que a juicio del proponente de la presente acción de inconstitucionalidad, la Contraloría General de la República "... ha investido a los funcionarios de un título o cargo que no ostentaban y que sólo puede otorgarlo una universidad en cuanto a Contador Público autorizado y la Junta Técnica de Contabilidad del Ministerio de Comercio e Industrias, en cuanto a la idoneidad para el ejercicio de la profesión", pues éstas circunstancias "... sólo pueden calificarse conforme a la Ley 57 de 1978".

Por ello, salta entonces a la vista, que el supuesto vicio de inconstitucionalidad que se endilga, en este caso, a la resolución judicial obedece a razones esencialmente legales, más no, así, a infracciones de naturaleza constitucional, sobre todo cuando la resolución objeto de la demanda de inconstitucionalidad la constituye un auto de sobreseimiento provisional de la esfera jurisdiccional penal, el cual, según...

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