Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 11 de Junio de 1993

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución11 de Junio de 1993
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado Eufrosinio Troya T., en representación de la licenciada ELZEBIR TROYA TORRES, presentó Recurso de Inconstitucionalidad contra el Acuerdo No.266 de 5 de febrero de 1987 dictado por la Sala de Acuerdo del Cuarto Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial.

Cumplidos los trámites de ley procede el Pleno de la Corte Suprema de Justicia a fallar el presente recurso de conformidad con lo preceptuado en el artículo 2557 del Código Judicial, confrontando la resolución acusada de inconstitucional con el texto de los artículos de la Constitución que la demandante estima violados y con todos los otros preceptos constitucionales que estime procedente.

  1. ACUERDO ACUSADO

    El apoderado judicial de la recurrente acusa de inconstitucional el acto No.266 de 5 de febrero de 1987, dictado en Sala de Acuerdos por los Magistrados del Cuarto Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, mediante el cual se declaró insubsistente el nombramiento de la Juez Quinta del Circuito de Chiriquí, licenciada ELZEBIR TROYA TORRES. (fs. 2).

  2. LA DEMANDA

    Los hechos de mayor relevancia, en los cuales se basa la demanda de inconstitucionalidad, son expuestos por el actor en los siguientes términos:

    "...

SEGUNDO

La licenciada ELZEBIR TROYA TORRES antes ELZEBIR TROYA DE GARRIDO O ELZEBIR TROYA DE DI VITO, obtuvo licencia por gravidez a través de Acuerdo No.260 del 12 de agosto de 1986, dictado por el Cuarto Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial.

TERCERO

El día 16 de setiembre de 1986 la licenciada ELZEBIR TROYA TORRES, dio a luz a su hijo M.D.V.T..

CUARTO

Mediante Acuerdo No.266 de 5 de febrero de 1987 en Sala de Acuerdo, el Cuarto Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial- hoy Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial-, declaró INSUBSISTENTE el nombramiento que como Juez Quinta del Circuito de Chiriquí Ramo Civil, ejercía hasta esa fecha la licenciada ELZEBIR TROYA TORRES ...".

Considera el postulante de la acción, que el acuerdo viola los artículos 68, 208 y 32 de la Constitución Nacional los cuales son del tenor siguiente:

"Artículo 68.- Se protege la maternidad de la mujer trabajadora. La que esté en estado de gravidez no podrá ser separada de su empleo público o particular por esta causa. Durante un mínimo de seis semanas precedentes al parto y las ocho que le siguen, gozará de descanso forzoso retribuido del mismo modo que su trabajo y conservará el empleo y todos los derechos correspondientes a su contrato. Al reincorporarse la madre trabajadora a su empleo no podrá ser despedida por el término de un año, salvo en casos especiales previstos en la Ley, la cual reglamentará además, las condiciones especiales de trabajo de la mujer en estado de preñez".

"Artículo 208.- Los Magistrados y los Jueces no serán depuestos ni suspendidos o trasladados en el ejercicio de sus cargos, sino en los casos y con las formalidades que disponga la Ley".

"Artículo 32.- Nadie será juzgado sino por autoridad competente y conforme a los trámites legales, ni más de una vez por la misma causa penal, policiva o disciplinaria".

Se afirma que...

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