Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Diciembre de 1994

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 1994
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Ha ingresado al Pleno de la Corte Suprema de Justicia acción de inconstitucionalidad presentada por la firma M. y M. en representación de Ismanian Resources, Inc. El libelo está dirigido contra una pluralidad de actos de la Dirección Regional de Ingresos, Zona Oriental, del Ministerio de Hacienda y Tesoro, expedidos dentro del proceso ejecutivo por jurisdicción coactiva que se le siguió a la sociedad Ismanian Resources, Inc., que aparecen en documentación que corre de folio 2 a 59 del cuaderno.

Los actos demandados son los siguientes:

  1. Resolución de 5 de septiembre de 1969, por la cual se libra mandamiento de pago por la vía ejecutiva contra Ismanian Resources, Inc.;

  2. Resolución de 5 de septiembre de 1969, por la cual se decreta formal secuestro sobre la finca 1422, de propiedad de Ismanian Resources, Inc.;

  3. Resolución de 22 de septiembre de 1969, por la cual se ordena el emplazamiento de E.J.L., representante legal de Ismanian Resources, Inc.;

  4. Resolución de 30 de marzo de 1970, de la División de Cobro Coactivo de la Dirección General de Ingresos, por la cual se eleva a categoría de embargo el secuestro decretado sobre la finca 1422, de propiedad de Ismanian Resources, Inc.;

  5. Resolución de 4 de octubre de 1972, por la cual se ordena continuar el juicio con defensor de ausente;

  6. Resolución de 4 de octubre de 1972, por la cual se fijan día y hora para llevar a cabo la diligencia de remate, en primera vuelta, de la finca 1422 de propiedad de Ismanian Resources, Inc.;

  7. Resolución de 4 de octubre de 1972, proferida por la Administración Regional de Ingresos, Zona Oriental, por la cual se ordena la prosecución del juicio y la actualización de la morosidad existente;

  8. Resolución de 7 de noviembre de 1972, por la cual se fijan las horas para llevar a cabo la práctica de la segunda diligencia de remate de la finca 1422, de propiedad de Ismanian Resources, Inc.;

  9. Acta de Remate de 30 de noviembre de 1972, por la cual se adjudica provisionalmente a la Nación la finca rematada;

  10. Resolución 8-ARI-72-6319 de 4 de diciembre de 1972, expedida por la Administración Regional de Ingresos, Zona Oriental, por la cual se aprueba el remate y se adjudica definitivamente a la Nación la finca 1422;

  11. Oficio 89-DCC de 22 de abril de 1970, dirigido por el J. de la División de Cobro Coactivo, al Juez Segundo del Circuito de Panamá, por la cual se remite copia del auto de embargo de 30 de marzo de 1970, contra la finca 1442;

  12. Oficio 8-ARI-72-467 de 23 de junio de 1972, remitido por el Administrador Regional de Ingresos al Juez Segundo del Circuito de Panamá.

Según se evidencia en el cuaderno de la causa, los documentos antes indicados forman parte del proceso ejecutivo que por jurisdicción coactiva se le siguió a la sociedad Ismanian Resources, Inc. a partir del 5 de septiembre de 1969 (fecha en que se libró el mandamiento de pago), por adeudar al Tesoro Nacional la suma de 92,687.28 como principal, más el 20% de recargo establecido por la ley y los gastos de cobranza.

Al contestar el traslado que le fuera corrido de la acción constitucional, el Procurador General de la Nación, segundo suplente encargado, solicita a la Corte la declaratoria de que los actos demandados no son violatorios de la Constitución de 1946, toda vez que "los cargos planteados por el demandante carecen de consistencia y no logran probar los vicios de inconstitucionalidad endilgados" ... por cuanto lo actuado por la Administración Regional de Ingresos "se ajustó a los parámetros...

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