Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 13 de Junio de 2000

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución13 de Junio de 2000
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El doctor R.V.G., S. General de la Caja de Seguro Social, ha remitido a esta Corporación, Oficio No. 823-2000 del 27 de abril de 2000, por el cual envía la Advertencia de Inconstitucionalidad presentada por el licenciado O.S.G., conforme lo establece el artículo 2549 del Código Judicial y 203 de la Constitución, la cual se refiere a la supuesta inconstitucionalidad de la Cláusula Tercera del Contrato de Fideicomiso entre el IRHE-INTEL y la Caja de Seguro Social, a la que acusa de supuesta infracción del artículo 67 de la Constitución.

El citado oficio es del tenor siguiente, en su parte medular:

El afectado, disconforme con el contenido del supracitado fallo administrativo, promueve en tiempo procesalmente útil, los recursos gubernativos de reconsideración con apelación en subsidio invocando la advertencia de inconstitucionalidad de la referida cláusula, toda vez que a su criterio viola flagrantemente el artículo 67 de nuestra Carta Magna (Ver fojas 34,35 y 36). Es por tal motivo que la administración se inhibe de ventilar este asunto objeto de la controversia, hasta tanto el pleno de la Honorable Corte Suprema de Justicia que usted dignamente preside resuelva la petición del recurrente.

Antes de acoger la advertencia y darle el trámite a que alude el artículo 2554 del Código Judicial, se debe examinar lo relativo a los requisitos de admisibilidad, en relación con el aspecto formal de esta acción extraordinaria, es decir, que no sólo debe cumplir con los requisitos comunes a toda demanda, sino que debe cumplir con lo que establecen los artículos 2551 y 2552 de la misma excerta legal antes mencionada, a lo que procede de inmediato.

El Pleno observa que la advertencia se reduce a una simple invocación de la misma, dentro de la presentación del recurso de reconsideración ante la Comisión de Fondo Complementario de Prestaciones Sociales de la Caja de Seguro...

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