Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 30 de Enero de 1997

PonenteRAFAEL A. GONZÁLEZ
Fecha de Resolución30 de Enero de 1997
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

Dentro del sumario seguido a BANQUE ANVAL, S.A. por Delito contra el Patrimonio en perjuicio de YAKIMA INTERNACIONAL, S.A., desarrollado en el Juzgado Cuarto de Circuito de Panamá, Ramo Penal, el Licenciado A.A.Á., acusador particular en representación de YAKIMA INTERNACIONAL, S.A. ha elevado a esta Corporación de Justicia advertencia de inconstitucionalidad contra el numeral 3º del artículo 93 del Código Penal.

Por encontrarse el negocio en etapa de admisibilidad, se apresta la Corte a examinar el cumplimiento de los requisitos establecidos los artículos 2551 y 2552 del Código Judicial para acogerlo.

Incumple el actor los requisitos expuestos en la citada norma, toda vez no transcribió de forma completa la norma acusada de inconstitucional.

Ello es así, porque en el subtítulo "II. TRANSCRIPCIÓN LITERAL DE LA DISPOSICIÓN LEGAL ACUSADA DE INCONSTITUCIONALIDAD:", el advirtente no transcribió de manera completa el artículo, de tal modo que no se puede apreciar la integración de la norma, ni su sentido completo.

En otro sentido, y por razones de economía procesal, el PLENO se adelanta a señalar que el concepto de la infracción se fundó en críticas a la dilación del desarrollo del proceso por parte del juzgador, y en la resolución de un recurso interpuesto dentro del proceso, sugiriendo la posibilidad que la misma fuere por motivo de dolo, fraude o negligencia.

Yerra el impugnante en la formulación del concepto de la infracción, pues hace señalamientos lesivos a la administración de justicia, que expuestos como suposición dejan la impresión de que cada vez que hay demora en la tramitación o resolución de cada caso, hay grandes probabilidades de que la intención de la misma sea dolosa; esa aseveración no puede ser aceptada por esta Corporación de Justicia.

También revela el letrado que el juzgador se aprovecha de la mora judicial para provocar la...

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