Resolución Nº 201-1977 de 24 de junio de 2008, "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE CONTROL TRIBUTARIO APROBADOS POR ESTE DESPACHO MEDIANTE RESOLUCIONES 201-1182 Y 201-1183 DE 2008"

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS

RESOLUCIÓN NO.201-1977

(24 de junio de 2008)

"Por medio de la cual se modifica el plazo de presentación de los Informes de Control Tributario aprobados por este Despacho mediante Resoluciones 201-1182 y 201-1183 de 2008"

EL DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS

En ejercicio de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que el Decreto de Gabinete 109 de 7 de mayo de 1970, en sus artículos 5 y 6 establece la responsabilidad del Director General de Ingresos por la permanente adecuación de los procedimientos administrativos, facultándolo para regular las relaciones de los contribuyentes con el Fisco, en aras de mejorar el servicio y facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que el artículo 20 del Decreto de Gabinete No.109 de 1970, señala que la Dirección General de Ingresos, está autorizada para recabar de las entidades públicas, privadas y terceros en general, sin excepción, toda clase de información necesaria e inherente a la determinación de las obligaciones tributarias, a los hechos generadores de los tributos o de exenciones, a sus montos, fuentes de ingresos, remesas, retenciones, costos, reservas, gastos entre otros, relacionados con la tributación, así como información de los responsables de tales obligaciones o de los titulares de los derechos de exenciones tributarias.

Que el Decreto Ejecutivo 233 de 2007 autorizó a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas para establecer los formularios, informes y toda aquella información que los contribuyentes y terceros en general deben reportar al Fisco.

Que mediante RESOLUCIÓN No. 201-1182 de 18 de abril de 2008 este Despacho adoptó y aprobó nuevos informes de control tributario a ser reportados a este Despacho a partir del día 1 de enero de 2008.

Que este Despacho ha decidido extender el plazo para realizar la primera presentación de los referidos informes del 30 de junio al 30 de septiembre de 2008.

En consecuencia,

RESUELVE:

PRIMERO: Modificar el punto OCTAVO de la Resolución 201-1182 de 18 de abril de 2008, el cual quedará así: "OCTAVO: PLAZO DE PRESENTACIÓN.

De la Certificación de Intereses sobre Préstamos Hipotecarios Residenciales sin Interés Preferencial: el informe correspondiente al año 2007 debe ser presentado a más tardar el treinta (30) de septiembre de 2008. Los siguientes informes, correspondientes a los años 2008 en adelante, deben ser presentados a más tardar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR