Resolución Nº 219-2008 de 28 de agosto de 2008, "POR LA CUAL SE ADOPTA COMO INSTRUMENTO DE ANALISIS EL ESTUDIO DENOMINADO EVALUACION TECNICA DE UN SECTOR DEL CORREGIMIENTO DE SAN FRANCISCO Y SE ESTABLECEN REQUISITOS PARA LAS SOLICITUDES DE CAMBIO DE CODIGO DE ZONA O USO DE SUELO".

REPUBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE VIVIENDA

RESOLUCIÓN No.219-2008

(de 28 de agosto de 2008)

"Por la cual se adopta como instrumento de análisis el estudio denominado Evaluación Técnica de un Sector del Corregimiento de San Francisco y se establecen requisitos para las solicitudes de cambio de Código de Zona o Uso de Suelo"

EL MINISTRO DE VIVIENDA

En uso de sus facultades legales,

C O N S I D E R A N D O :

Que residentes del Corregimiento de San Francisco, han manifestado en diferentes audiencias de consultas públicas de cambio de uso de suelo, su percepción de los problemas de abastecimiento de agua, saturación del sistema de alcantarillado y congestionamiento vehicular que llevarían al empobrecimiento de la calidad de vida del citado Corregimiento y por ende de sus moradores;

Que en coordinación con la Junta Comunal, residentes del Corregimiento y Promotores de Proyectos, se contrataron los estudios a cargo de profesionales idóneos que permitió elaborar un diagnóstico referente al estado de la infraestructura general;

Que el citado diagnóstico requiere ser completado con propuestas concluyentes que permitan resolver la problemática urbanística del Corregimiento;

Que se requiere establecer medidas que impidan que el sistema colapse por el incremento en las densidades actuales, hasta tanto las entidades estatales encargadas de los sistemas de infraestructura respectiva, incluyan en su presupuesto o valorización, las adecuaciones, cambios, limpieza, y demás instrumentos de gestión necesarios para el buen funcionamiento de estos sistemas;

Que la solución a los problemas antes planteados involucra a todas las entidades estatales que tienen ingerencia en nuestra ciudad, así como de los propios residentes del Corregimiento;

Que es competencia del Ministerio de Vivienda de conformidad con lo establecido en los literales "q" y "u", del Artículo 2 de la Ley 9 de 25 de enero de 1973, "Levantar, regular y dirigir los planes reguladores, lotificaciones, zonificaciones y mapas oficiales que requiera la planificación de las ciudades, con la cooperación de los Municipios y otras de las entidades públicas"; "Realizar y promover en coordinación con instituciones públicas y privadas, investigaciones sobre problemas de la vivienda y el desarrollo urbano";

Que la Ley 6 de 1 de febrero de 2006, sobre ordenamiento territorial para el desarrollo urbano, en su Artículo 3 establece que, "La formulación de políticas sobre el ordenamiento territorial para el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR