Acuerdo Nº 002 de 14 de enero de 2008, "POR EL CUAL SE ADJUDICA A TÍTULO GRATUITO Y DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO MUNICIPAL NÚMERO 8, DE 27 DE ABRIL DE 2,006, UN LOTE DE TERRENO MUNICIPAL, A LA ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL DISTRITO DE MACARACAS, PARA QUE SE CONSTRUYA LA CASA DEL JUBILADO Y PENSIONADO DEL DISTRITO DE MACARACAS"

República de Panamá

Municipio de Macaracas

Consejo Municipal

Telefax 995 - 4463

Acuerdo Municipal Número Dos (002)

De 14 de enero de 2,008.

EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MACARACACAS

En uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que mediante nota, fechada 6 de septiembre de 2,007, la Asociación de Jubilados y Pensionados del Distrito de Macaracas, presidida actualmente por el señor Cristóbal Pérez, con cédula de identidad personal número 7-43-241, solicitó a este Concejo Edilicio, el uso de las estructuras del Mercado Municipal, para que sean remodeladas, con una partida del Programa de Desarrollo Comunitario (PRODEC) y pasen a ser la Casa del Jubilado y del Pensionado del Distrito de Macaracas.

Que en sesión ordinaria efectuada el 10 de septiembre de 2,007, se aprobó la propuesta de dar en uso las instalaciones del Mercado Municipal de Macaracas, para que fueran remodeladas y pasaran a ser la Casa del Jubilado y Pensionado del Distrito de Macaracas.

Que la Constitución de la República de Panamá en su artículo 242, numeral 9 establece "Es función del Concejo Municipal, sin perjuicio de otras que la Ley señale, expedir, modificar, reformar y derogar acuerdos y resoluciones municipales, en lo referente a… numeral 9. " Las materias vinculadas a las competencias del Municipio, según la Ley. Los acuerdos municipales tienen fuerza de Ley dentro del respectivo Municipio".

Que el Acuerdo Municipal número ocho (8), de 27 de abril de 2,006, en su artículo 21vo. De la Inadjudicabilidad, establece que "Son inadjudicables los siguientes lotes o solares"… numeral 3 "Los destinados a la construcción de mercados, campos de juegos, y parques infantiles y huertos escolares, etc.

Que la Ley 106, de 8 de octubre de 1973, en su artículo 3 establece "Las autoridades municipales tienen el deber de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la república, los decretos y órdenes del Ejecutivo y las resoluciones de los tribunales de justicia ordinaria y administrativa.

Que en sesión ordinaria, celebrada el 14 de enero de 2,008, se aprobó por mayoría, derogar la propuesta de fecha 10 de septiembre de 2,007, y adjudicar a título gratuito un lote de terreno municipal, a la Asociación de Jubilados y Pensionados del Distrito de Macaracas, el cual forma parte de la Finca # 5776, Tomo 781, Folio 482, de la sección de propiedad de la Provincia de Los...

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