Acuerdo Nº 47 de 28 de julio de 2009, 'POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTAN LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL JUEZ ADMINISTRATIVO DE ASEO Y A LOS INSPECTORES ADSCRITOS AL JUZGADO ADMINISTRATIVO DE ASEO'.

ACUERDO No. 47

(Del 28 de Julio de 2009)

Por medio del cual se reglamentan las funciones y atribuciones del Juez Administrativo de Aseo y a los Inspectores Adscritos al Juzgado Administrativo de Aseo.

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MIGUELITO

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley 41 de 27 de agosto de 1999, se transfirió al Municipio de San Miguelito la Dirección de Planificación, investigación inspección y explotación de los servicios relacionados con el aseo urbano y domiciliario en el Distrito de San Miguelito.

Que el artículo 18 de la citada ley faculta al Juez administrativo de Aseo para imponer multas, conforme lo dispongan los reglamentos expedidos por el Alcalde del Municipio.

Que mediante Acuerdo No. 67 de 7 de agosto de 2007 se crearon los cargos de Jueces Administrativos de Aseo dentro de la esfera administrativa municipal.

Que es facultad del Concejo Municipal crear o suprimir cargos municipales, y determinar sus funciones, periodos, asignaciones y viáticos, de conformidad con lo que dispongan la Constitución y las leyes vigente; de acuerdo a lo establecido en el Numeral 6 de la Ley 106 de 1973.

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO

El Juez administrativo de Aseo, está facultado para imponer multas a los infractores en materia de aseo, de conformidad con lo que establece la Ley 41 de 27 de agosto de 1999.

ARTICULO SEGUNDO

Los inspectores de Aseo son servidores públicos municipales y colaboradores inmediatos de Juez administrativo de Aseo. En tal sentido ejecutarán los mandamientos que aquellos les impartan.

ARTICULO TERCERO

Los Inspectores de Aseo, tendrán las siguientes funciones:

Velar por el cumplimiento de las disposiciones en materia del aseo en el Distrito de San Miguelito.

Servir de agentes promotores en e fiel cumplimiento de las normas en materia de aseo en el Distrito de San Miguelito.

Expedir citaciones a los ciudadanos que incumplan con las normas de aseo en el Distrito de San Miguelito.

Realizar inspecciones en terrenos o propiedades, tanto públicas como privadas.

ARTICULO CUARTO

Los Corregidores, previa coordinación, para el buen desempeño de sus funciones, prestarán su colaboración a los Inspectores de aseo.

ARTICULO QUINTO

El procedimiento a seguir por las infracciones cometidas contra las normas de aseo, así como para la afiliación de la multa es el...

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