Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Agosto de 1994

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución 2 de Agosto de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma M. y M., actuando en representación de Constructora Tezu, S.A, ha presentado recurso de apelación contra el auto de 13 de octubre de 1993, dictado por el Magistrado Sustanciador dentro de la excepción de inexistencia parcial de la obligación propuesta dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Caja de Seguro Social a Constructora Tezu, S.A.

En el auto impugnado se rechazan los testimonios del Arquitecto A.G., Dr. A.S., L.. L.A.A. y T.O.S..

La parte actora sustenta su apelación mediante escrito presentado el 7 de diciembre de 1993, en el cual se indica lo siguiente:

En el auto inadmisorio de pruebas, no explica razón ni expone causa para la inadmisión. Ahora, todos esos testimonios son, a la luz de nuestro derecho positivo, admisibles en esta encuesta; su importancia es, además, de relevancia para las pretensiones del excepcionante.

En efecto los testimonios inadmitidos, corresponden a funcionarios de la Caja de Seguro Social para la época en que se dio la relación contractual debatida en la encuesta subjúdice; además, al Gerente General y/o representante legal de la Cía. Fiduciaria y de Seguros, S. A.,-Sr. S.-, empresa co-demandada en el proceso por cobro coactivo dentro de la cual se excepciona.

Es decir, los testimonios inadmitidos son de personas que guardan relación con los hechos de la excepción, vista su innegable vinculación con la acreedora, y la administración por ella nombrada para los bienes secuestrados, dentro del proceso por cobro coactivo; su interrogatorio, en todo caso, deberá ajustarse a las restricciones del Código Judicial, en cuanto al número de testigos respecto de un mismo hecho (El libelo de la excepción tiene 27 hechos, lo que en teoría, haría factible el interrogatorio de 112 testigos). Téngase en consideración , sobre el tema , que el meollo de la excepción es tratar de probar la forma cómo el acreedor hipotecario invirtió ingentes sumas de dinero, mediante pésimas administraciones del...

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