Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 7 de Agosto de 1997
Ponente | ARTURO HOYOS |
Fecha de Resolución | 7 de Agosto de 1997 |
Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS:
El Lcdo. J.D.S.C., actuando en representación de V.M.D.'ANELLO, ha presentado excepción de prescripción, dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Municipio de Panamá.
El Lcdo. S. fundamenta su solicitud en los siguientes términos:
"PRIMERO: Que el Municipio de Panamá a través del Juzgado Ejecutor ha promovido Proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo con Acción de S. en contra de mi representado V.M.D.'ANELLOM.
Que la Institución demandante ha promovido su acción basándose en la supuesta falta de pago de los tributos municipales que supuestamente se generaron a partir del año de 1987.
Que el proceso de marras fue incoado el día 29 de octubre de 1996 y notificado a mi poderdante el día 10 de diciembre de 1996.
Que el señor V.M.D.'ANELOM., desde el día 26 de noviembre de 1973, había cerrado formalmente las operaciones comerciales que venía realizando amparado en la Licencia Comercial Nº 11065, clase 2 expedida el 18 de diciembre de 1961, bajo la razón comercial Agencias Redan.
Que desde la fecha en que mi representado realizó el cierre de sus operaciones comerciales al presente, han transcurrido 23 años.
Que entre el 26 de noviembre de 1973, fecha en que se canceló la Licencia Comercial, o sea las operaciones de mi representado, al año 1987, fecha en que se supone la Tesorería Municipal gravó la actividad que había dejado de realizar el señor D'ANELLO, han transcurrido 14 años.
Que a la fecha han transcurrido 9 años, excediéndose así, el término para que las obligaciones resultantes de los impuestos municipales prescriben las cuales se establecen a partir del momento en que supuestamente se causaron (1987).
Que mi representado nunca fue comunicado o informado por parte de la Tesorería Municipal que el mismo había sido registrado como contribuyente, así que mucho menos de las clasificaciones o aforos para que dicho contribuyente conociera sus obligaciones".
Se trata de un proceso ejecutivo por cobro coactivo en el cual el Municipio de Panamá, persigue cobrar a V.M.D.'ANELLO la suma de treinta y seis mil doscientos cuarenta y cuatro balboas con 80/100 (B/.36,244.80) en concepto de impuesto municipales dejados de pagar, más sus respectivos recargos legales hasta el mes de diciembre de 1995. A foja 4 del expediente administrativo aparece la...
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