Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 11 de Marzo de 1994

PonenteEDGARDO MOLINO MOLA
Fecha de Resolución11 de Marzo de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado C.R., en representación de la sociedad RAINBOW CLUB, S.A., ha interpuesto recurso de apelación dentro del juicio ejecutivo que por cobro coactivo le sigue el Municipio del Distrito de Panamá a su poderdante.

Mediante resolución de 19 de noviembre de 1993, el Juzgado Ejecutor del Municipio de Panamá decretó formal secuestro contra la sociedad INVESTMENT RAINBOW CLUB S. A. por la suma de B/.1.331.90. Posteriormente, a través del auto de 3 de enero de 1994, la entidad gubernamental antes citada, aumentó el monto de tal medida precautoria hasta la concurrencia de B/.2.832.00, debido a la mora de dos meses adicionales en el pago de los tributos municipales.

En esta línea de pensamiento, observa este Tribunal colegiado a foja Nº 1 del presente expediente, que el licenciado RICHARDS efectivamente anunció recurso de apelación contra tal incremento en la cuantía del secuestro, esgrimiendo fundamentalmente que la suma de la precitada medida precautoria excede en B/.1000.00 la suma que éste realmente debe cubrir, cual es B/.1331.91; solicitando, en consecuencia, que tal situación sea corregida. Sin embargo, dentro de la etapa procesal correspondiente, el actor no sustentó los motivos por virtud de los cuales considera que la entidad gubernamental del Distrito de Panamá, se equivocó en el cálculo de la cuantía o monto del secuestro practicado, dentro de los términos concedidos por parte del Magistrado sustanciador, como se aprecia a...

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