Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 16 de Abril de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución16 de Abril de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma Ramos Chue & Asociados, actuando en nombre y representación de T.A.H., ha presentado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema excepción de prescripción dentro del juicio ejecutivo por cobro coactivo que el Banco de Desarrollo Agropecuario le sigue.

La firma Ramos Chue & Asociados fundamenta la excepción de prescripción en los siguientes términos:

PRIMERO: El día 11 de diciembre de 1987, T.A.H. suscribió con el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO un Contrato de Préstamo por la suma de NOVENTA Y SEIS MIL BALBOAS (B/.96,000.00), pagadero de acuerdo al siguiente plan de pago a capital fijo:

El 5 de diciembre de 1988Pagará intereses

solamente

El 5 de diciembre de 1989B/.5,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1990B/.6,000.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1991B/.7,000.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1992B/.7,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1993B/.7,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1994B/.7,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1995B/.7,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1996B/.7,500.00 más

intereses

El 5 de diciembre de 1997B/.7,500.00 más

intereses

SEGUNDO: El día 19 de abril de 1988 T.A.H. y el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO suscriben una Addenda al contrato de préstamo antes descrito, en cuanto a la cláusula segunda, en la cual el deudor se obliga a pagar la suma de B/.32,500 más los intereses que se generen, en concepto de capital de trabajo, al 5 de diciembre de 1988.

TERCERO: El deudor, T.A.H. no realizó pago alguno a favor del BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, por lo que se inicia el proceso de cobro coactivo enunciado en la marginal superior, mediante Resolución No. 3-90 de 5 de febrero de 1990, emitida por la Gerencia General del Banco de Desarrollo Agropecuario.

CUARTO: Mediante auto fechado 5 de febrero de 1990 el BANCO DE DESARROLLO AGROPECUARIO decreta formal secuestro en contra de T.A.H. hasta la concurrencia de B/.127,395.00, desglosado así: B/.95,500.00 por capital, más B/.27,145.79 de intereses calculados hasta el 18 de enero de 1990, más los que produzcan hasta la cancelación de la deuda, y B/.4,750.00 en concepto de gastos de cobranza, sobre los globos de terreno de derechos posesorios que poseía registrados a su nombre en La Mesa, Distrito de Chepo, sobre ganado y cualquier otro bien de su propiedad.

QUINTO: El secuestro antes descrito se verificó a través de la diligencia de inventario, avalúo y depósito realizada el 19 de febrero de 1990...

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