Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Julio de 1997

PonenteJUAN A. TEJADA
Fecha de Resolución18 de Julio de 1997
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado J.F. CASTILLO actuando en representación de OMAR SEGURA DE LEÓN, ha presentado recurso de apelación contra el Auto de 3 de junio de 1997, dentro del proceso Ejecutivo por Cobro Coactivo que le sigue el Municipio de Panamá al señor SEGURA DE LEÓN.

A foja 8 del legajo reposa la Nota Nº 18-97-J. E. mediante la cual el Juzgado Ejecutor remite a esta Superioridad el expediente respectivo, y dentro del cual se anunció recurso de apelación contra el referido auto ejecutivo.

El Magistrado Sustanciador, mediante proveído fechado 25 de junio de 1997, señaló un término de 3 días para que se sustentara el recurso de Apelación interpuesto. Se advierte sin embargo, que el término para sustentar la alzada venció sin que se hubiese presentado escrito alguno.

Al encontramos frente a un recurso de apelación contra un auto procede declarar desierto el recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1122 del Código Judicial, que en su parte pertinente señala:

ARTÍCULO 1122:

...

Si el apelante no sustentare su recurso y se tratare de providencia o auto apelado, el J. lo declarará...

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