Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Diciembre de 2000

PonenteADÁN ARNULFO ARJONA L
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma forense Barrancos & Henríquez, actuando en nombre y representación de G.D.S.M., ha interpuesto tercería coadyuvante dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Banco Nacional de Panamá le sigue al Club de Montaña Altos del Lago, S.A. y a la Empresa Interamericana de Promociones, S. A.

Mediante la presente tercería se reclama el pago de $179,574.35, en virtud del Contrato de Cesión, suscrito del 17 de octubre de 1980, entre H.G., en representación del Club de Montaña Altos del Lago, S.A. y G. De Saint Malo, entre otros.

Observa la Sala que el citado contrato que sirve como título ejecutivo en esta tercería, el cual milita de fojas 1 a 4 del expediente, constituye una copia sin la debida autenticación.

La autenticación de las reproducciones que se acompañan a todo proceso es una exigencia prevista en el artículo 820 del Código Judicial.

Por otro lado, se advierte asimismo que dicho documento no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 1639 del Código Judicial, que enumera los documentos que pueden considerarse como títulos ejecutivos. Esta norma en el numeral 5 establece lo siguiente:

Artículo 1639. Son títulos ejecutivos:

1. ...

...

5. Los documentos privados de cualquier clase, siempre que el deudor haya reconocido su firma ante el Juez o haya sido declarado confeso o haya presentado el documento a un Notario para su certificación o protocolización o haya muerto y los herederos reconozcan la firma;

Si bien es cierto, al pie de la hoja 4 de la fotocopia se lee un sello de Notaría Cuarta del Circuito de Panamá, fechado el 17 de octubre de 1980, mediante el cual se da fe de la autenticidad de las firmas, no deja de ser una copia simple y como ya aclaramos carece de valor probatorio.

En este sentido, el tercerista pide que se haga comparecer a los signatarios del Contrato de Cesión, para un reconocimiento de firma, trámite que no es viable a través de una...

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