Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Octubre de 1995

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución20 de Octubre de 1995
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Licda. A.L.B.N., actuando en representación de Financiera El Faro, S.A., ha interpuesto tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Municipio de Panamá a Inversiones el Faro, S.A.

La recurrente señala que, si bien es cierto que la sociedad Inversiones El Faro, S.A. tiene una deuda con el Municipio de Panamá, por la suma de B/.11,400 en concepto de impuestos municipales, y por esta razón el Municipio de Panamá, ha entablado un proceso ejecutivo por cobro coactivo contra dicha sociedad, no es menos cierto que la sociedad Inversiones el Faro contrajo una deuda por la suma de B/.50,000.00 en concepto de préstamo con la Sociedad Financiera El Faro, S.A. y para cumplir con su obligación contractual Inversiones El Faro, S.A. traspasó a Financiera El Faro, S.A. en concepto de compra venta, una serie de artículos tal y como se puede apreciar en la Escritura Pública Nº 14711 de 30 de diciembre de 1994 (fojas 1 a 5). Según la apoderada judicial de la parte actora el día 5 de mayo de 1995, se apersonó un funcionario del Juzgado Ejecutor para que efectuara un inventario y avalúo de las oficinas de Inversiones El Faro, S.A., donde también operan las oficinas de la sociedad Financiera El Faro, S.A., incluyéndose dentro de dicho inventario bienes pertenecientes a la Sociedad Financiera el Faro, S.A., razón por la cual el recurrente solicita al Tribunal que se le excluya de toda responsabilidad jurídica ya que la misma no tiene ningún vínculo jurídico con la empresa...

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