Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Diciembre de 1996

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 1996
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado R.P.G., en representación de B.R., ha interpuesto tercería excluyente dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, SUCURSAL DE VOLCÁN, a WALTER ELIÉCER SANTAMARÍA e I.M. o I.S..

La tercerista solicita a esta Sala que se levante el embargo decretado sobre la futura cosecha de papa de la variedad Amigo y Granola, sembradas en la finca Nº 5282, inscrita al Tomo 492, Folio 70, de la Provincia de Chiriquí, que pertenece a su representado, y que se ordene depositar el dinero producto de la venta de los bienes inventariados, avaluados y dados en depósito, objeto de la presente tercería excluyente. Además fundamenta su pretensión en los siguientes hechos:

"PRIMERO: El Juez Ejecutor del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, ÁREA OCCIDENTAL, decretó embargo sobre la futura cosecha de papa sembrada en la Finca 5282, inscrita al Tomo 492, F. 70, de la Provincia de Chiriquí.

SEGUNDO

El Juez Ejecutor del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, ÁREA OCCIDENTAL, dictó la Resolución del 20 de junio de 1995, dentro del proceso de jurisdicción coactiva, en contra del señor W.E.S.M. e I.M. (Nombre Legal) o I.S. (Nombre usual), como si estos fueran los dueños de la papa sembrada en la Finca 5282, inscrita en el Tomo 492, F. 70 de la provincia de Chiriquí.

TERCERO

La papa sembrada en la Finca 5282, inscrita al Tomo 492, Folio 70, pertenece a mi representado, ya que la misma fue sembrada como producto de la compra de 200 quintales de semillas hechas al señor R.P., que corresponden a 60 quintales de papa variedad Amigo y 140 quintales variedad Granola.

CUARTO

Los señores S.R. y OMAR RÍOS GALLEGOS le arrendaron a mi representado 12 hectáreas de la Finca 5282, inscrita al Tomo 492, Folio 70, que es el sitio en donde se encuentran sembrados y por cultivar las papas objeto del embargo decretado por el Juez Ejecutor del BANCO NACIONAL DE PANAMÁ, ÁREA OCCIDENTAL.

QUINTO

El Juez Ejecutor, procedió el 21 de junio de 1995 al inventario, avalúo y depósito de las papas que se encuentran sembradas en la Finca 5282, inscrita al Tomo 492, Folio 70." (Fs. 5 y 6).

Admitida la tercería, se corrió en traslado a los ejecutados, a la Procuradora de la Administración y al Juez Ejecutor del Banco Nacional de Panamá, Sucursal de V., y se ordenó suspender el remate.

La representante judicial del Banco Nacional de Panamá contestó la tercería negando todos los hechos, pruebas y derecho de la...

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