Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Junio de 2001
Ponente | JORGE FÁBREGA P |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2001 |
Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS:
El licenciado B.C., actuando en nombre y representación de la COOPERATIVA DE SERVICIOS BANANERA DEL ATLÁNTICO R. L., ha interpuesto ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia excepción de prescripción y de pago dentro del juicio ejecutivo por cobro coactivo que le sigue la Caja de Seguro Social.
Mediante auto de 12 de octubre de 1999, la Sala Tercera admitió la excepción de prescripción y de pago interpuesta por el licenciado C. y le corrió traslado de la misma tanto al Juez Ejecutor de la Caja de Seguro Social como a la Procuradora de la Administración.
El licenciado C. fundamenta la excepción de prescripción y de pago en los siguientes términos:
"Primero: El 2 de marzo de 1999 se ordenó una investigación Patronal a la Corporación Bananera del Atlántico con número patronal 11-011-0036 para determinar si el patrono había cancelado las cuotas obrero patronales de la trabajadora E.M.C., con número de Seguro Social 195-5508, por el período "Marzo 75 hasta Junio 77" (véase F21 del expediente)
Según nota DAROE-CHANG.-04-07-99-11 de 5 de Julio de 1999, el 5 de Marzo de 1999, se recibió la solicitud de investigación patronal mencionada en el hecho anterior en la Agencia de Changuinola, para investigar el período "Marzo-75 a Junio 77", de la trabajadora Enelda Montes. (véase F9 del expediente).
Mediante Nota de 16 de Agosto de 1999, la Directora de la Agencia de la Caja de Seguro Social en Changuinola le remitió al Juez Ejecutor N°2, Certificación de deuda del Patrono COBANA, R.L.N.. Patronal 11-011-0127 COBANA, N.P. 11-011-0036 para que se produjera al cobro coactivo (véase F2 del Expediente).
La certificación de deuda remitida por la Directora de la Agencia de Changuinola al Juez Ejecutor N°2 se acompaña de cinco documentos de registro de cuotas y aportación por el PERÍODO QUE VA DESDE MARZO DE 1975 A JUNIO DE 1977 (véase Fojas 3 a 7, inclusive, del expediente).
Las cuotas obrero patronales que se pretenden cobrar coactivamente a la Cooperativa Bananera del Atlántico, R.L., datan de más de 22 años.
Según Certificación del Departamento de Apremio y Trámite de Cobro a la Morosidad Patronal-Sección de Cuentas Estatales-de la Dirección de Ingresos de la Caja de Seguro Social, fechada 12 de Marzo de 1992, la Corporación Bananera del Atlántico N°Patronal 11-011-0036 adeudaba a la Caja de Seguro Social la...
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