Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Septiembre de 2000
Ponente | LUIS CERVANTES DÍAZ |
Fecha de Resolución | 18 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS:
La firma G., A. &L., en nombre y representación de BANCO CONTINENTAL DE PANAMÁ, S.A., ha interpuesto incidente de levantamiento de secuestro dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que la Dirección General de Ingresos le sigue a O.M..
En su escrito el incidentista solicita a esta Alta Corporación de Justicia que levante la medida cautelar decretada por la Dirección de Responsabilidad Patrimonial mediante Resolución DRP Nº 430-97, del 23 de septiembre de 1997, comunicada a la Dirección General del Registro Público mediante Oficio Nº 413-DRP-C-3A/T-83/T-74, sobre la Finca Nº 20,336, inscrita en el Rollo 260, Documento 7, de la Sección de la Propiedad, en el proceso que se le sigue al señor O.M.C. por lesión patrimonial contra el Estado, finca ésta sobre la que se constituyeron gravámenes hipotecarios y anticréticos a favor del Banco Continental de Panamá, S.A., por H.A.M.G., quien a la sazón aparecía y aún aparece como propietario, de acuerdo con las constancias registrales.
También señala el incidentista que dentro del proceso por lesión patrimonial que siguió la Dirección de Responsabilidad Patrimonial contra el señor O.M., se dictaron tres resoluciones finales de cargo a saber:
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Resolución Final de Cargo Nº 5-98 de 29 de enero de 1998,
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Resolución Final de Cargo Nº 50-97 de 11 de noviembre de 1997, y
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Resolución Final de Cargo Nº 6-98 de 29 de enero de 1998.
Ahora bien, de acuerdo con lo expuesto por el incidentista fue precisamente con base en dichas resoluciones que la DRP envió a la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía Finanzas, el Oficio Nº 413-DRP-C-3A/T-83/T-74 junto con los expedientes incoados a fin de que procediera a hacerlas efectivas (Ver fojas 9 y 11 del cuadernillo del incidente).
Agotados los trámites procesales previos a la etapa decisoria, los Magistrados de la Sala, en consideración a los hechos antes expuestos, estiman necesario, para mejor proveer, de acuerdo con lo establecido en los artículos 782 y 880 del Código Judicial solicitar a la Dirección General de Ingresos...
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