Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Septiembre de 1994

PonenteMIRTZA ANGÉLICA FRANCESCHI DE AGUILERA
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 1994
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La Licenciada E.R., actuando en nombre de la Caja de Seguro Social, ha promovido incidente de rescisión del secuestro decretado sobre la Finca Nº 89,806, inscrita al rollo 1939, asiento 1, documento 2 de la Sección de la Propiedad, Provincia de Panamá, Registro Público, mediante auto Nº 1966 de 2 de agosto de 1991, dictado dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que el Banco Nacional de Panamá, Casa Matriz, le sigue a C.S.A., J.D.O. y URCINIO BATISTA.

Manifiesta la incidentista que en el juicio ejecutivo por cobro coactivo mencionado en el párrafo anterior, se decretó secuestro sobre la Finca Nº 89,806, que fue dada en primera hipoteca y anticresis a favor de la Caja de Seguro Social mediante Escritura Pública debidamente inscrita en el Registro Público el 3 de abril de 1984. Agrega la incidentista que dicho bien inmueble ha sido embargado en ejecución hipotecaria librada por la Caja de Seguro Social, y que con fundamento en el artículo 549 del Código Judicial se debe rescindir el secuestro decretado por el Banco.

La incidentista acompaña con su demanda copia autenticada del auto Nº 1966 de 2 de agosto de 1991, mediante el cual el Juez Ejecutor del Banco Nacional de Panamá decretó secuestro en contra de los señores C.S.A., J.D.O. y U.B. sobre bienes de su propiedad, entre los que se encuentra la Finca Nº 89,806 cuya liberación se solicita; copia de la escritura pública Nº 8715 de 21 de septiembre de 1983, de la Notaría Primera del Circuito de Panamá, inscrita desde el 3 de abril de 1984, por la cual entre otras cosas, el señor J.D.O.A. convino con la Caja de Seguro Social un contrato de préstamo, y garantizó el cumplimiento de dicha obligación con primera hipoteca y anticresis sobre la finca que resultara al inscribir en el Registro Público la segregación de un lote de terreno, con motivo de esa inscripción la finca número 89,806, rollo 1939, documento 2, asiento 1 de la Sección de la Propiedad; copia autenticada de la resolución de 27 de agosto de 1992, por la cual se decreta embargo sobre la finca Nº 89,806 antes descrita, dentro del proceso ejecutivo hipotecario por cobro coactivo que la Caja de Seguro Social le sigue a J.D.O.A., al pie de la cual se lee una certificación autorizada por la Juez Ejecutor de la Caja de Seguro Social y la secretaria, fechada el 8 de septiembre de 1992, en la cual consta que la hipoteca que dio origen al proceso, contenida en la escritura pública Nº 8715, de 21 de septiembre de 1983, de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR