Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Septiembre de 2000

PonenteLUIS CERVANTES DÍAZ
Fecha de Resolución19 de Septiembre de 2000
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El doctor L. De León Arias en representación de ELCIRA DE LEÓN DE MAIMONÉ, ha interpuesto excepción de inexistencia de la obligación dentro del Proceso de Ejecutivo por Cobro Coactivo, que el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de los Recursos Humanos le sigue a J.A.C., J.E. De León y a E.L..

La pretensión del actor se fundamenta, básicamente, en los siguientes hechos:

"PRIMERO: Mi representada ELCIRA DE LEÓN DE MAIMONE, es dueña en parte de la Cuenta 29-8-03-003-88-4, del Banco del Istmo, Sucursal Punta Paitilla, conjuntamente con los señores LUIS DE LEÓN CAMARGO y J.E. DE LEÓN CASTILLO.

SEGUNDO

Que sobre los fondos de la mencionada cuenta en su totalidad, ha recaído el secuestro decretado por el JUZGADO EJECUTOR del INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE RECURSOS HUMANOS (I.F.A.R.H.U), afectando en forma directa, los derechos que como cuenta-habiente tiene mi representada para hacer uso de la parte de los fondos depositados en la cuenta mencionada y que le corresponden.

TERCERO

Que la orden de Secuestro decretada recae sobre la totalidad de los fondos de la cuenta, Nº 29-8-03-003-88-4, y se debe levantar la medida cautelar sobre la parte que le corresponde a mi representada..." (fs. 3-4)

A juicio del Magistrado Sustanciador, contrario a lo enunciado por la recurrente en su recurso -excepción de inexistencia de la obligación- en el presente caso, nos encontramos frente a una tercería excluyente. Veamos por qué.

Consta en el expediente por juicio coactivo que el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos le sigue proceso por jurisdicción coactiva a: J.A.C., J.E. de León y E.L. y, que la señora ELCIRA DE LEÓN DE MAIMONE se ha visto afectada por el secuestro sobre la cuenta bancaria Nº 29-8-03-00388-4 en Banco del Istmo, la cual está a nombre de J.E. De Léon "o" Luis Castillo "o" Elcira De Léon de Maimone (f. 60 del expediente ejecutivo).

Ahora bien, como titular de la mencionada cuenta bancaria, la señora DE LEÓN DE MAIMONE recurre ante este Tribunal para que levante el secuestro sobre la parte del dinero que le corresponde, fundamentado su recurso en el artículo 679 del Código Judicial que se refiere a las excepciones más comunes en los procesos judiciales.

Al respecto es importante, señalarle al apoderado judicial que la señora MAIMONE, no...

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