Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 28 de Septiembre de 1999

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 1999
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La firma Guerra y Guerra Abogados, actuando en nombre y representación de R.E.P., ha presentado ante la Sala Tercera de la Corte Suprema incidente de nulidad dentro del juicio ejecutivo por cobro coactivo que el Instituto Panameño de Turismo le sigue.

La firma Guerra y Guerra Abogados fundamenta el incidente de nulidad señalando que mediante la diligencia de notificación del auto de mandamiento de pago, con fecha de 19 de mayo de 1999, el Juzgado Ejecutor del Instituto Panameño de Turismo, notifica a R.E.P.S. del auto que libra mandamiento de pago ejecutivo dictado dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo, interpuesto por el Instituto Panameño de Turismo (IPAT), por la suma de siete mil trescientos sesenta y siete balboas con 50/100 (B/.7,367.50), que se estima el monto de la obligación exigida en concepto de contrato No.997 suscrito con el Atlapa, sin perjuicio de lo que produzca hasta la cancelación total de la deuda. Sin embargo, en dicha diligencia no se indica el número, fecha u otras individualidades de la resolución que se le notifica al profesor Paredes que permitan distinguir, específicamente, de qué auto se le está notificando, cuestión que resulta de vital importancia. Además, agrega que en la diligencia de notificación, el señor Paredes manifestaba que se notificaba del auto No. JE-010-98, calendado 23 de enero de 1998, mediante el cual se decreta formal secuestro contra R.E.P.S..

La Sala debe examinar si procede la interposición del incidente de prescripción.

Mediante resolución de 10 de diciembre de 1998 esta S. declaró extemporánea la excepción de prescripción interpuesta por la firma Guerra y Guerra Abogados, en representación de R.E.P., dentro del proceso ejecutivo por cobro coactivo que le sigue el Instituto Panameño de Turismo. Lo anterior es así, puesto que la excepción de prescripción fue presentada el 20 de noviembre de 1998, cuando ya habían transcurrido en exceso los ocho días siguientes a la notificación del...

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