Decreto Ejecutivo Nº 465 de 23 de octubre de 2009, 'POR EL CUAL SE CREA EL JUZGADO DE TRÁNSITO EN EL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA DE VERAGUAS'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DECRETO EJECUTIVO No. 465

(de 23 de octubre de 2009)

POR EL CUAL SE CREA EL JUZGADO DE TRÁNSITO EN EL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA DE VERAGUAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley 18 del 3 de marzo de 1941, se crean los Juzgados de Tránsito en los Distritos de Panamá y Colón, encargados del conocimiento y juzgamiento de las infracciones de tránsito en su respectivos Distritos.

Que la Ley 58 de 12 de julio de 1973, crea el Juzgado de Tránsito del Distrito de David, Provincia de Chiriquí. Efectuándose, para el año de 1992 una nueva organización judicial, para la Provincia de Panamá creándose en total seis (6) Juzgados de Tránsito en el Distrito de Panamá, y uno en el Distrito de San Miguelito.

Que la Ley 34 de 28 de julio de 1999, en su artículo 25, faculta al Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, para la creación de Juzgados de Tránsito, cuando éstos se justifiquen por las necesidades del servicio.

Que en estudios estadísticos elaborados por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, se observa un incremento en las infracciones de tránsito registradas en el interior del país, que ha exigido dotar de competencia a los Municipios donde no hay juzgados creados para resolver los procesos de tránsito que son de su conocimiento.

Que ante esta situación, se hace imperioso crear un nuevo Juzgado de Tránsito para el interior del país que adquiera competencia para conocer de los procesos de tránsito instaurados en las Provincias de Coclé, Los Santos, Herrera y Veraguas.

Que se fija como nueva sede el Distrito de Santiago, Provincia de Veraguas para la creación de este juzgado, fundamentado en su posición geográfica privilegiada que brindará un servicio expedito dentro de un ámbito competencial correspondiente a un verdadero Juzgado de Tránsito para el interior del país.

DECRETA:

Artículo 1

CRÉASE un (1) nuevo Juzgado de Tránsito en el Distrito de Santiago, Provincia de Veraguas, cuya denominación será: Juzgado de Tránsito de Santiago de Veraguas.

Artículo 2

El nuevo Juez de Tránsito, así como su suplente serán nombrados por el Presidente de la República y deberán reunir los mismos requisitos exigidos a los Jueces Municipales, en atención a lo establecido por el artículo 169 del Código Judicial.

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