Resolución Nº 106-OMI-25-DGMM de 26 de diciembre de 2007, "QUE UNIFICA LAS DIVERSAS IMPLEMENTACIONES QUE EXISTEN REFERENTE A LA RESOLUCIÓN MSC 168 (79) DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2004, SOBRE NORMAS RELATIVAS A LAS ESTRUCTURAS LATERALES DE LOS GRANELEROS DE FORRO SENCILLO EN EL COSTADO, ADOPTADA POR LA RESOLUCIÓN MSC 170 (79) DEL 9 DE DICIEMBRE DE 2004".

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

RESOLUCIONES Y CONSULTAS

RESOLUCION No. 106-OMI-25-DGMM PANAMA, 26 DE DICIEMBRE DE 2007

EL SUSCRITO DIRECTOR GENERAL DE LA

DIRECCION GENERAL DE MARINA MERCANTE

EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998 se crea la Autoridad Marítima de Panamá, y le asigna entre sus funciones, recomendar las políticas y acciones; ejercer actos de administración; hacer cumplir las normas legales y reglamentarias referentes al Sector Marítimo.

Que el numeral 7 del articulo 4 del referido Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998 señala como responsabilidad de la Autoridad Marítima de Panamá, evaluar y proponer al Órgano Ejecutivo y demás entidades estatales, que así lo requieran, las medidas necesarias para la adopción de tratados y convenios internacionales referentes a las actividades que se desarrollen dentro del Sector Marítimo.

Que en el numeral 5 del articulo 2 de la Ley No. 2 del 17 de enero de 1980, establece que corresponde a la Dirección General de Consular y Naves, actualmente la Dirección General de Marina Mercante de la Autoridad Marítima de Panamá, "Velar por el estricto cumplimiento de las normas legales de navegabilidad, seguridad, higiene y prevención de la contaminación del medio ambiente marino por parte de las naves panameñas donde quiera que se encuentren y las de cualquier nacionalidad que se hallen en aguas territoriales panameñas".

Que de acuerdo al numeral 5, del artículo 30 del Decreto Ley No. 7 de 10 de febrero de 1998, la Dirección General de Marina Mercante debe hacer cumplir, en los buques de registro panameño y en las aguas jurisdiccionales panameñas, las normas legales nacionales y aquellas que forman parte de los Convenios Internacionales ratificados por la República de Panamá, referentes a la seguridad marítima y la prevención y el control de la contaminación en el mar.

Que la República de Panamá adoptó el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS 74) mediante Ley 7 de 27 de octubre de 1977 y su Protocolo de 1978 mediante Ley 12 de 9 de noviembre de 1981; de igual forma adoptó el Protocolo de 1988 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar 1974, mediante Ley No. 31 del 11 de julio de 2007.

Que el articulo VIII del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) 1974 enmendado, estipula que dicho Convenio podrá ser...

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