Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 22 de Diciembre de 2000

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 2000
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El licenciado J.C.J.B., ha solicitado ante la S. de Negocios Generales solicita el Recurso de Anulación contra Laudo Arbitral proferido el día 11 de agosto del año en curso dentro del Proceso que CONSTRUCCIONES UNIVERSALES, S.A. (CON.U.S.A.) propuso contra CONDOR ENTERPRISES, S.A. la citada decisión proferida por el Tribunal Arbitral de Proceso Arbitral en Equidad; a fin de esta S. anule el citado laudo y le ordene al Tribunal de Arbitraje que lleve a cabo la practica todas las pruebas periciales y testimoniales que fueron aducidas oportunamente por los apoderados judiciales de las partes en el proceso arbitral de marras.

Además, señala el apoderado legal del recurrente, que fueron violados algunos artículos del Decreto Ley No.5 de 8 de julio de 1999 que versan sobre el Procedimiento en el Régimen General de Arbitraje, de la Conciliación y de la Mediación puesto que no fue notificada a ninguno de los apoderados judiciales de las partes de la resolución que admite el escrito de contestación de demanda y ordena correrle traslado a la contraparte.

Finaliza su solicitud señalandole a esta S. que el Tribunal Arbitral, pese a estar debidamente conformado, violó normas de obligatorio cumplimiento aplicando un procedimiento amorfo y simplista que a la postre dejó en estado de indefensión a la parte demandada.

Procedió esta Corporación a examinar la presente solicitud a fin de determinar si la misma cumplía con los requisitos formales necesarios para su admisión. Por lo que se le dio traslado del petitorio a los Representantes Legales de la Sociedad CONDOR ENTERPRISES, S.A. la firma forense M.&.M. para que se pronunciaran sobre el mismo.

Entre los argumentos presentados por la firma forense M.&.M. transcribiremos los de tenor siguiente:

...

"SEXTO:... No obstante, a lo largo de las audiencias que el Tribunal Arbitral celebró, cuyas transcripciones acompañamos debidamente autenticadas, el recurrente en diversas ocasiones señaló, que aceptaba que CONUSA había realizado trabajos extras en la obra Royal Park. Veamos la declaración del propio apoderado judicial de la recurrente en la Audiencia de 6 de julio de 2000, audiencia celebrada después de la presentación de la demanda su contestación: Toda vez que mi colega ha presentado una serie de pruebas, yo si quiero que se me dé traslado y tiempo para contraprueba, sobre la base del principio que nosotros reconocemos la suma y los hechos presentados por el demandante (el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR