Decreto Nº 73-Leg de 14 de febrero de 2008, "POR EL CUAL SE APRUEBAN LOS MODELOS DE FIANZAS DE CUMPLIMIENTO, DE CUMPLIMIENTO DE INVERSIÓN Y DE PROPUESTA QUE SE CONSTITUYAN POR CONDUCTO DE COMPAÑIAS DE SEGUROS PARA GARANTIZAR LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL ESTADO QUE SURJAN CON MOTIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NÚM.01-07-TELCO".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DECRETO Núm.73-Leg.

(De 14 de febrero de 2008)

"Por el cual se aprueban los modelos de Fianza de Cumplimiento, de Cumplimiento de Inversión y de Propuesta que se emitan para garantizar las obligaciones contractuales del Estado que surjan con motivo de la Licitación Pública Núm.01-07-Telco, por medio de la cual se otorgarán dos concesiones para la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS)".

El Contralor General de la República

En uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 86 de la Ley Núm.22 de 27 de junio de 2006, le otorga a la Contraloría General de la República competencia para absolver las consultas sobre cualquier aspecto de la constitución, presentación, ejecución y extinción de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas con las entidades públicas, conforme a lo establecido en las normas jurídicas vigentes.

Que la citada disposición establece que las fianzas que se emitan para garantizar las obligaciones del Estado serán reglamentadas por la Contraloría General de la República, la que incluirá los modelos de fianzas correspondientes.

Que mediante Nota Núm.DSAN-4013-07 de 27 de diciembre de 2007, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos le solicitó a la Contraloría General de la República que aprobara los modelos de fianza de cumplimiento, de fianza de inversión y de la fianza de presentación de propuestas que se requieren en la Licitación Pública Núm.01-07-Telco, por medio de la cual se otorgan dos concesiones para la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS).

Que la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos fundamenta su solicitud de aprobación de los modelos de fianzas antes indicados, en la naturaleza especial de las concesiones para la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS), circunstancia que exige la adopción de modelos de fianzas que sean acordes con las normas especiales que regulan esta materia, entre las cuales destacan la Ley Núm.31 de 8 de febrero de 1996 y el Decreto Ejecutivo Núm.73 de 9 de abril de 1997.

Por lo tanto, el presente Decreto aprueba los modelos de las Fianzas de Cumplimiento, de Cumplimiento de Inversión y de Propuesta que se constituyan por conducto de Compañías de Seguros y Entidades Bancarias, para garantizar las obligaciones contractuales del Estado que surjan con motivo de la Licitación Pública Núm.01-07-Telco por medio de la cual se otorgan dos concesiones para la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS).

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO

A partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, se entienden aprobados los modelos de Fianzas de Cumplimiento, de Cumplimiento de Inversión y de Propuesta que se constituyan por conducto de Compañías de Seguros y Entidades Bancarias, para garantizar las obligaciones contractuales del Estado que surjan con motivo de la Licitación Pública Núm.01-07-Telco por...

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