Resuelto Nº AUPSA-DINAN-010-2010 de 1 de marzo de 2010, 'POR MEDIO DEL CUAL SE EMITE EL REQUISITO FITOSANITARIO PARA LA IMPORTACIÓN DE LENTEJAS (LENS CULINARIS SSP. CULINARIS) SECAS Y DESVAINADAS, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACIÓN, ORIGINARIAS DE ARGENTINA'.

REP�BLICA DE PANAM�

AUTORIDAD PANAME�A DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESUELTO AUPSA - DINAN - 010 - 2010

(De 01 de Marzo de 2010)

"Por medio del cual se emite el Requisito Fitosanitario para la importaci�n de Lentejas (Lens culinaris ssp. culinaris) secas y desvainadas, para consumo humano y/o transformaci�n, originarias de Argentina."

El DIRECTOR NACIONAL DE NORMAS PARA LA IMPORTACI�N DE ALIMENTOS,

en uso de sus facultades legales

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicaci�n de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducci�n de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente cient�ficos y t�cnicos.

Que la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del pa�s, mediante la aplicaci�n de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducci�n de alimentos al territorio nacional.

Que el art�culo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 dicta que es funci�n de la Direcci�n Nacional de Normas para la Importaci�n de Alimentos, establecer los requisitos sanitarios y fitosanitarios, que deber�n cumplir los alimentos para su introducci�n al territorio nacional.

Que la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos ha considerado pertinente la emisi�n del Requisito Fitosanitario, con el fin de complementar los aspectos sanitarios, de inocuidad y calidad para la importaci�n de Lentejas (Lens culinaris ssp. culinaris) secas y desvainadas, para consumo humano y/o transformaci�n, originarias de Argentina.

Que el pa�s, lugar y sitio de producci�n debe haber sido reconocido, por la Autoridad Paname�a de Seguridad de Alimentos, como �rea libre de plagas de inter�s cuarentenario para la Rep�blica de Panam�, o en su defecto reconoce la declaraci�n avalada por la Direcci�n Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en base al Articulo 77 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006.

Que el incumplimiento de las buenas pr�cticas agr�colas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparici�n o prevalencia de contaminantes biol�gicos, qu�micos o f�sicos, afectando la salud de los...

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