Resolución Nº AN N°1136-RTV de 17 de septiembre de 2007, "POR LA CUAL SE LEVANTA LA CURA ORDENADA A LA CONCESIONARIA CTV REDES & TELECOMUNICACIONES, S.A., PARA LA INSTALACIÓN E INICIÓ DE TRANSMISIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE TELEVISIÓN PAGADA, SIN ASIGNACIÓN DE FRECUENCIA PRINCIPAL "

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD NACIONAL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Resolución AN No.1136 RTV Panamá, 17 de septiembre de 2007.

"Por la cual se levanta la cura ordenada a la concesionaria CTV REDES & TELECOMUNICACIONES, S.A., para la instalación e inició de transmisiones del servicio público de televisión pagada, sin asignación de frecuencia principal"

EL ADMINISTRADOR GENERAL

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Decreto Ley No.10 de 22 de febrero de 2006, se reestructura el Ente Regulador de los Servicios Públicos, bajo el nombre de Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, como organismo autónomo del Estado, con competencia para controlar, regular y fiscalizar la prestación de los servicios públicos de electricidad, agua potable, alcantarillado sanitario, telecomunicaciones, radio y televisión, así como los de transmisión y distribución de gas natural;

  2. Que a través de la Ley No. 24 de 30 de junio de 1999, reglamentada por los Decretos Ejecutivos No.189 de 13 de agosto de 1999 y No. 111 de 9 de mayo de 2000, se establece el régimen jurídico aplicable a los servicios públicos de radio y televisión;

  3. Que es función de la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos otorgar, en nombre del Estado, las concesiones, licencias y autorizaciones para prestar los servicios públicos de radio y televisión y velar por la eficaz utilización de las frecuencias asignadas a cada una de las concesiones que sean otorgadas para estos servicios;

  4. Que mediante Resolución No. JD-2561 de 18 de diciembre de 2000, se otorgó a la empresa CTV REDES & TELECOMUNICACIONES, S.A., una concesión de servicios Tipo B, para la prestación del servicio público de televisión pagada sin asignación de frecuencia principal;

  5. Que, el artículo 23 de la Ley No. 24 de 1999 establece como causal de resolución administrativa de las concesiones para prestar los servicios de radio y televisión, el incumplimiento de normas jurídicas contenidas en la citada Ley, en sus reglamentos, en las resoluciones que emita la Autoridad Reguladora o las obligaciones derivadas de la correspondiente concesión;

  6. Que el procedimiento para resolver administrativamente las concesiones de radio y televisión, contenido en el artículo 33 del Decreto Ejecutivo No. 189 de 1999, establece que la Autoridad Reguladora siempre deberá conceder un periodo de cura de hasta doce (12) meses, para que el concesionario subsane los incumplimientos en que incurra;

  7. Que mediante Resolución No...

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