Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 10 de Marzo de 1994

PonenteJOSÉ MANUEL FAÚNDES
Fecha de Resolución10 de Marzo de 1994
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

El licenciado O.A.O., a nombre de la firma ARROCHA Y ASOCIADOS, en virtud del poder conferido por L.F.M., solicitó ante la Sala Segunda de lo Penal, la devolución de la suma de $.3,012.08 (TRES MIL DOCE BALBOAS CON OCHO CENTÉSIMOS), los cuales según se manifiesta en el escrito pertenecen al mismo y le fueron decomisados con motivo de un proceso relacionado con drogas que se instruyó en su contra en el Juzgado Cuarto de Circuito Penal.

El letrado manifiesta con relación a la aprehensión provisional que:

"Se debe ordenar el levantamiento de la aprehensión provisional en forma expedita, independientemente de cuál sea la vía utilizada, pero tomando en consideración la naturaleza jurídica que fundamentó la aprehensión (posible comisión de delito relacionado con drogas). Si la Corte considera que el dinero debe ser previamente, puesto a órdenes del Procurador general de La Nación, debe actuar diligentemente, de tal forma que las autoridades del Ministerio de Hacienda y Tesoro cumplan en forma sumarísima con las disposiciones de la más alta Entidad de Justicia. Así L.F.M.V. podrá recuperar lo que en derecho es suyo, toda vez que el Órgano del Estado encargado de administrar justicia, demostró que no había cometido delito alguno, que implique el comiso de ese dinero".

La Procuraduría General de La Nación en la Vista Nº 51 del 26 de Enero de 1994 formuló las siguientes consideraciones:

Cabe señalar que el bien aprehendido, no está en custodia de este Despacho, sino en la Dirección de Aduanas, empero en base a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 23 de 1986, esta Procuraduría ordenó en Providencia del 6 de octubre de 1992 la aprehensión provisional, por lo que hemos de señalar que dicha causa ha sido decidida en forma definitiva a favor del agraviado, el dinero requerido debe ser entregado a su legítimo propietario, y en ese sentido, por economía...

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