Ley N° 29. Que modifica la ley 3 de 1983 y la ley 5 de 1984, relativas al ejercicio de la medicina veterinaria y su escalafón.

LEY 29

De 30 de mayo de 2018

Que modifica la Ley 3 de 1983 y la Ley 5 de 1984, relativas al ejercicio de la medicina veterinaria y su escalafón

LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA:

Artículo 1 El artículo 1 de la Ley 3 de 1983 queda así:
Artículo 1 Para el libre ejercicio de la medicina veterinaria en el territorio nacional se requiere:
  1. Ser ciudadano panameño.

  2. Poseer título de médico veterinario, expedido por una universidad reconocida por el Consejo Nacional de Medicina Veterinaria.

  3. Haber aprobado dos años de internado.

  4. Haber obtenido el certificado de idoneidad y estar inscrito en el registro de profesionales médicos y afines del Consejo Técnico de Salud

Artículo 2 El artículo 4 de la Ley 3 de 1983 queda así:
Artículo 4 Para obtener la idoneidad de médico veterinario se requiere presentar ante el Consejo Nacional de Medicina Veterinaria los documentos siguientes:
  1. Solicitud del interesado en papel simple dirigida al Consejo Nacional de Medicina Veterinaria por intermedio de abogado.

  2. Título original y créditos expedidos por universidad reconocida en la República de Panamá.

    En caso de haberse graduado en el extranjero, deberá presentarse título y créditos universitarios debidamente autenticados o apostillados por la autoridad consular panameña del país donde se obtuvo el título y su certificación ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Posteriormente, el título deberá registrarse en la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad de Panamá.

  3. Certificado de nacimiento y dos copias de este.

  4. Traducción del título y créditos por un traductor público autorizado, en caso de que estén en idioma que no sea el español.

  5. Documento que acredite la aprobación de dos años de internado, en original y dos copias.

  6. Cédula de identidad personal y dos copias de esta.

Artículo 3 El artículo 3 de la Ley 5 de 1984 queda así:
Artículo 3 El escalafón se fija con base en los años de servicio al Estado, los cuales garantizarán estabilidad a los médicos veterinarios en el cargo dentro de la institución o empresa donde se desempeñan.

Son objetivos del escalafón para los médicos veterinarios:

  1. Mejorar el estatus de la calidad de vida del profesional.

  2. Garantizar la estabilidad en su cargo.

  3. Promover la salud animal, la salud pública, el desarrollo pecuario y el incremento de una mejor y mayor disponibilidad de alimentos inocuos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR