Ley N° 348. Que modifica una disposición de la ley 55 de 2003, que reorganiza el sistema penitenciario

Fecha de publicación24 Noviembre 2022
Fecha24 Noviembre 2022
EmisorASAMBLEA NACIONAL
LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA Artículo 1. El numeral 9 del artículo 69 de la Ley 55 de 2003 queda así "Artículo 69. Además de lo establecido en el artículo anterior, todo privado o privada de libertad tiene derecho a 9. Ser visitado o visitada por sus defensores. En los casos en que sea imposible la visita presencial, la Dirección General habilitará los medios tecnológicos necesarios para garantizar que esta comunicación se realice En todos los casos dicha comunicación se realizará de forma confidencial, sin interferencia o...

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