Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Agosto de 2002

Fecha20 Agosto 2002

VISTOS:

La firma M. &M., actuando en representación de T.D., ha presentado petición de liquidación de condena en abstracto en contra del Municipio de C. en virtud de la sentencia de 5 de abril de 1999, dictada dentro de la demanda contencioso administrativa de plena jurisdicción, interpuesta por la firma M. & M. en representación de T.D., para que se declare nula por ilegal, la Resolución N°5 de 25 de octubre de 1994, expedida por la Alcaldía del Distrito de Colón, acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.

Mediante sentencia de 5 de abril de 1999 (corregida por la resolución de la Sala de 23 de abril de 1999), la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo declaró nula por ilegal, la Resolución N°05 de 25 de octubre de 1994, expedida por la Alcaldía de Colón y la Dirección de Ingeniería Municipal, y se resolvió que Ael Municipio de C. está obligado a pagar a la parte demandante los gastos en que incurrió para la construcción y posterior demolición de la obra así como los daños y perjuicios ocasionados; la condena es en abstracto@.

  1. Petición de la parte demandante.

    Observa la Sala que en la solicitud formulada, se pide que se liquiden y determinen los gastos y daños y perjuicios a que tendrá que hacer frente el ente municipal por el acto ilegal que efectuó y que repercutió negativamente en su representado, pues, afirma que le fue demolida una obra casi finalizada y, además entre otros elementos, se le impidió por varios años desarrollar la actividad comercial (restaurante-cafetería) que pretendía desarrollar frente a un plantel educativo. El solicitante sostiene que lleva pagándole al Fisco un canon de arrendamiento sobre el terreno donde intentó , y todavía pretende construir en razón de un contrato con la Nación que tiene desde 1995 y que se mantiene vigente hasta ese día, por lo que lleva cuatro (4) años aproximadamente de hacerle frente a esa obligación, sin haber podido construir ni explotar comercialmente la actividad dada la acción ilegal y arbitraria del Municipio de C..

    Finalmente advierte la Sala que el solicitante efectúa un desglose de gastos y de daños y perjuicios, que incluso detalla, en el siguiente orden:

    1. GASTOS DE CONSTRUCCION INCIAL (PREVIA A DEMOLICION POR EL DEMANDADO)

      TOTAL... US$ 23,300.00

    2. GASTOS DE SEGUNDA CONSTRUCCION (LUEGO DE DECLARATORIA DE ILEGALIDAD POR LA SALA TERCERA DE C.S.J.)

      TOTAL...US$ 78,076.51

    3. GASTOS MISCELANEOS (Primera Construcción)

      TOTAL... US$ 6,254.81

    4. CANON DE ARRENDAMIENTO (Contrato con la Nación): M.. Economía y Finanzas - Agosto 1995 a Diciembre 1999 (52 meses).

      TOTAL... US$ 8,554.52

    5. GASTOS LEGALES

      TOTAL....US$ 1,282.21

    6. LUCRO CESANTE (Actividad comercial no explotada)

      TOTAL...US$456,750.00

    7. TOTAL DE DAÑO Y PERJUICIO (sumatoria de literales Aa@, Ab@, Ac@, Ad@, Ae@y Af@).

      TOTAL ...US$689,061.66

      (Incluye 20% honorarios profesionales)

      En el escrito contentivo de la petición que se formula en la Sala, se destaca que los mencionados gastos y daños y perjuicios que se alegan, se sustentan en constancias y facturas que los respaldan.

  2. Posición de la Procuradora de la Administración y del Municipio de C..

    De la solicitud de liquidación motivada, se corrió traslado a la Procuradora de la Administración y al Alcalde del Distrito de C., para lo cual se libró despacho al Juez Primero...

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