Resolución de Gabinete Nº 20 de 18 de febrero de 2009, 'QUE EXCEPTÚA AL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS/UNIDAD ADMINISTRATIVA DE BIENES REVERTIDOS, DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE CONTRATISTA Y LO AUTORIZA PARA TRASPASAR, A TÍTULO GRATUITO DE DONACIÓN, AL MUNICIPIO DE COLÓN, EL DOMINIO DE UN GLOBO DE TERRENO DE 29 H + 6,948.34 M2 Y SUS MEJORAS, LOCALIZADO EN EL SECTOR DE BRAZOS BROOKS, CORREGIMIENTO DE CRISTÓBAL, DISTRITO Y PROVINCIA DE COLÓN, CUYO VALOR PROMEDIO ES DE NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BALBOAS CON NOVENTA Y SIETE CENTÉSIMOS (B/.9,263,936.97), PARA LA CREACIÓN DEL PARQUE DISTRITAL MUNICIPAL'

RESOLUCIÓN DE GABINETE No.20

(de 18 de febrero de 2009)

Que exceptúa al Ministerio de Economía y Finanzas/Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, del procedimiento de selección de contratista y lo autoriza para traspasar, a título gratuito de donación, al Municipio de Colón, el dominio de un globo de terreno de 29 h + 6,948.34 m2 y sus mejoras, localizado en el sector de Brazos Brooks, corregimiento de Cristóbal, distrito y provincia de Colón, cuyo valor promedio es de nueve millones doscientos sesenta y tres mil novecientos treinta y seis balboas con noventa y siete centésimos (B/.9,263,936.97), para la creación del Parque Distrital Municipal

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que, según los artículos 8 y 28 del Código Fiscal y el acápite D, numerales 3 y 6, del artículo 2 de la Ley 97 de 1998, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas la administración, conservación y vigilancia de todos los bienes de la República de Panamá que expresamente no estén administrados por otras entidades o cuando así expresamente lo autorice la ley, decreto de gabinete o ejecutivo;

Que el Consejo de Gabinete, mediante la Resolución No.108 de 27 de diciembre de 2005, transfirió al Ministerio de Economía y Finanzas, las funciones de custodia y administración de los bienes de propiedad de la Nación y la estructura de personal, así como las demás atribuciones que ejercía la Autoridad de la Región Interoceánica hasta el 31 de diciembre de 2005, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 5 de 1993, modificada por la Ley 7 de 1995;

Que, mediante el Decreto Ejecutivo No.67 de 25 de mayo de 2006, se creó la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, la cual tiene, entre otras, la función de custodiar, conservar y administrar, durante el tiempo indispensable para su adjudicación definitiva, aquellos bienes revertidos que por su condición particular así lo requieran;

Que, de conformidad con el Decreto Ejecutivo No.13 de 5 de febrero de 2007, se crea la Comisión Interinstitucional para la Administración de los Bienes Revertidos para garantizar la eficacia, el...

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