Resolución Nº AUPSA-CTI-006-2007 de 24 de abril de 2007, "POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCION AUPSA-CTI-005-2007 DEL 13 DE ABRIL DE 2007, POR LA DETECCION DE PLAGAS EN MANZANAS (MALUS DOMESTICA) Y PERAS (PYRUS COMMUNIS L.) FRESCAS, PARA CONSUMO HUMANO Y/O TRANSFORMACION, IMPORTADAS DE CHILE."

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

RESOLUCIÓN AUPSA - CTI - 006 - 2007

(De 24 de Abril de 2007)

"Por medio del cual se modifica la Resolución AUPSA - CTI - 005 - 2007 del 13 de abril de 2007,

por la detección de plagas en manzanas (Malus domestica) y Peras (Pyrus communis L.) frescas, para consumo humano y/o transformación, importadas de Chile."

LA COMISIÓN TÉCNICA INSTITUCIONAL,

en uso de sus facultades legalesCONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos tiene como objetivo principal el proteger la salud humana, el patrimonio animal y vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el artículo 32 del Decreto Ley 11 de 2006, crea la Comisión Técnica Institucional de la Autoridad Panameña de Alimentos que está integrada por el Administrador General, el Director Nacional de Normas para la Importación de Alimentos, el Director Nacional de Verificación de Importación de Alimentos y el Director Nacional de Análisis y Control de Alimentos Importados.

Que según lo establecido en el artículo 33 del Decreto Ley 11 de 2006, se asigna a la Comisión Técnica Institucional la función de adoptar las medidas de emergencia sanitaria y/o fitosanitaria para los alimentos importados con base en las disposiciones legales vigentes y los tratados ratificados por la República de Panamá. De igual forma, se faculta para aprobar el rechazo, devolución al país de origen, reexportación, decomiso...

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