Resolución J.D. Nº 006-08 de 30 de junio de 2008, "MEDIANTE LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PASES DE LA ZONA LIBRE DE COLÓN"

RESOLUCIÓN JD N° 006-08

(30 de Junio de 2008)

"Mediante la cual se aprueba el Reglamento de Pases de la Zona Libre de Colón"

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ZONA LIBRE DE COLÓN, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que la Zona Libre de Colón fue creada mediante el Decreto Ley 18 de 17 de junio de 1948, reformado por la Ley 22 de 23 de junio de 1997, como una Institución Autónoma del estado, con personería y régimen interno propio.

Que la Zona Libre de Colón mediante su Gerencia y su Junta Directiva, les compete la reglamentación del tránsito y movimiento de mercancías dentro del área de la zona segregada, la que dice necesariamente de los vehículos a motor en que son transportadas, tal como lo dispone el artículo 59 de su Reglamento Interno y de los artículos 7 y 19 del Decreto Ley 18 de 1948.

Que el 29 de mayo de 1997 se aprueba el Reglamento de Pases Vehicular de la Zona Libre de Colón, el cual fue publicado en gaceta oficial Nº 23,395 del 9 de octubre de 1997.

Que con el paso del tiempo la Zona Libre de Colón se ha expandido grandemente, por lo que se hace necesario la reestructuración del reglamento de pases vigente.

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese en todas sus partes el presente Reglamento de Pases por medio del cual se regula el ingreso, salida, circulación y estadía de toda clase de vehículos dentro del área de la Zona Libre de Colón, incluyendo el trasporte de carga, que establece lo siguiente:

REGLAMENTO DE PASES

ZONA LIBRE DE COLÓN

CAPÍTULO I

DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA AUTORIZAR PASES DE INGRESOS.

DE SU VIGENCIA

DE LAS CLASES DE PASES

CAPITULO II

PASES PERMANENTES

DE LAS PERSONAS CON DERECHO A PASES PERMANENTES PERSONALES

DE LAS CLASES DE PASES PERMANENTES PERSONALES

A.2.a PASE PERMANENTE PERSONAL "EJECUTIVO"

A.2.b PASE PERMANENTE PERSONAL "LABORAL"

A.2.c PASE PERMANENTE PERSONAL "DE VISITANTE"

A.2.d PASE PERMANENTE PERSONAL "DE CORTESÍA"

DE LAS PERSONAS CON DERECHO A PASES PERMANENTES VEHICULARES

DE LAS CLASES DE PASES PERMANENTES VEHICULARES

A.4.a PASE PERMANENTE VEHICULAR PARTICULAR

A.4.b PASE PERMANENTE VEHICULAR EMPRESARIAL

A.4.c PASE PERMANENTE VEHICULAR COMERCIAL DE CARGA

A.4.c-1 Agremiado

A.4.c-2 Independiente

A.4.c-3 Usuario

A.4.c-4 Servicio

A.4.ch PASE PERMANENTE VEHICULAR COLECTIVO

A.4.d PASE PERMANENTE VEHICULAR DE TRANSPORTE SELECTIVO Y DE TURISMO

A.4.e PASE PERMANENTE VEHICULAR DE CORTESÍA

DE LOS PASES PERMANENTES A EXPENDEDORES DE ALIMENTOS

CAPITULO III

DE LOS PASES EVENTUALES:

DEFINICIÓN

CLASES: PERSONALES, VEHICULARES Y DE EXPENDEDORES DE ALIMENTOS

DE LAS PERSONAS CON DERECHO A PASES EVENTUALES

DE LAS CLASES DE PASES EVENTUALES PERSONALES

DE LAS CLASES DE PASES EVENTUALES VEHICULARES

DE LAS CLASES DE PASES EVENTUALES A EXPEDEDORES DE ALIMENTOS

DE LOS REQUISITOS PARA PASES EVENTUALES DE TRANSPORTES DE CARGA INTERNACIONAL

CAPÍTULO IV

DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES

DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERNMANENTES PERSONALES

A.1a PASES PERMANENTES PERSONALES EJECUTIVOS

A.1b PASES PERMANENTES PERSONALES LABORALES

A.1c PASES PERMANENTES PERSONALES DE VISITANTES

A.1c-1 PROFESIONAL O TÉCNICO

A.1c-2 COMERCIANTES QUE BRINDEN SERVICIOS O SUMINISTROS

A.1ch PASES PERMANENTES PERSONALES DE CORTESÍA

DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES PERSONALES DE CORTESÍA

A.2a REQUISITOS PARA PASES PERMANENTES VEHICURES PARTICULARES

a.1 CUANDO SE SOLICITA POR PRIMERA VEZ

a.2 QUIEN POSEE PASE VEHICULAR ANTERIOR SIN HABER CAMBIADO NADA

a.3 EN CASOS DE TENER PASE DEL AÑO ANTERIOR Y HABER CAMBIADO DE EMPRESA

A.2b DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES EMPRESARIALES

A.2c DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES COMERCIALES DE CARGA

c.1 AGREMIADOS

c.2 INDEPENDIENTES

c.3 USUARIO

c.4 SERVICIO

A.2ch DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES COLECTIVOS

A.2d DE LOS REQUISITOS DE LOS PASES PERMANENTES A EXPENDEDORES DE ALIMENTOS

DE LA FORMA DE SOLICITAR LOS PASES PERMANENTES

DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES PERSONALES

B.1a DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES PERSONALES EJECUTIVOS

B.1b DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES PERSONALES LABORALES

B.1c DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES PERSONALES DE VISITANTES

B.1ch DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES PERSONALES DE CORTESIA

DE LA FORMA DE SOLICITAR PASES PERMANENTES VEHICULARES

B.2a LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES PARTICULARES

B.2b LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES EMPRESARIALES

B.2c LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES COMERCIALES DE CARGA

B.2c-1 AGREMIADO

B.2c-2 INDEPENDIENTE

B.2c-3 USUARIO

B2c-4 DE SERVICIO

B.2ch LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES COLECTIVOS

B.2d LOS PASES PERMANENTES VEHICULARES DE TRANSPORTE SELECTIVOS Y DE TURISMO

DE LAS FORMAS DE SOLICITAR LOS PASES PERMANENTES DE EXPENDEDORES DE ALIMENTOS

DE LA FORMAS DE EXPEDICIÓN DE LOS PASES PERMANENTES

C.1 PASES PERMANENTES PERSONALES

C.1a EJECUTIVOS

C.1b DE LOS TRABAJADORES

C.1C DE LOS VISITANTES

C.1ch DE CORTESÍA

C.2 PASES PERMANENTES VEHICULARES

C.2a PARTICULAR (P.P.V.P.)

C.2b EMPRESARIAL (P.P.V.E.)

C.2c COMERCIAL DE CARGA (P.P.V.C.)

C.2C-1 AGREMIADO

C.2C-2 INDEPENDIENTE

C.2C-3 USUARIO

C.2C-4 DE SERVICIO

C.2ch COLECTIVO (P.P.V.C.)

C.2d SELECTIVO

C.2e DE CORTESÍA

C.3 DE LAS FORMAS DE EXPEDICIÓN DE PASES PERMANENTES A EXPENDEDORES DE ALIMENTOS

CAPITULO V

DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTE

SANCIONES

DISPOSICIONES COMUNES

ANEXO Nº 1
CAPITULO I
  1. DE LAS AUTORIDADES COMPETENTE PARA AUTORIZAR PASES DE INGRESOS

    La administración de la Zona Libre de Colón por intermedio de su Gerencia General, autorizará el ingreso al área segregada a todas las personas, equipos rodantes a motor o no que requieran, soliciten y justifiquen la necesidad de entrar al área de comercio internacional bajo su jurisdicción

    La Gerencia de la Zona Libre de Colón, a su criterio, expedirá los pases que se requieran, salvaguardando siempre los mejores intereses de la institución, pudiendo exonerar del pago de los mismos cuando así lo considere.

    Para estos efectos, podrá la Gerencia de la Zona Libre de Colón delegar esta función en la Sub Gerencia de la Zona Libre de Colón y en su defecto, por ausencias temporales, a la persona que a bien tenga designar.

    Los jefes del Departamento de Pases y Trasporte de la Zona Libre de Colón quedan facultados para expedir pases temporales de ingresos que no excedan de cinco días, y de acuerdo a este reglamento.

    La Gerencia de la Zona Libre queda facultada para restringir o negar los pases de ingreso al área segregada de la Zona Libre de Colón cuando por razones de seguridad, salubridad, moralidad y bienestar institucional se requiera, así como por razones de saturación comprobada dentro del sector en que ocurra.

    Parágrafo: Entendiéndose como saturación comprobada, el resultado del estudio realizado por el Departamento de Transporte de la Dirección de Seguridad en conjunto con la Dirección de Movimiento Comercial de la Zona Libre de Colón que promedie la cantidad de vehículos de carga con pases entre la cantidad de carga en movimiento, tomando en cuenta la capacidad de los vehículos y la cantidad de usuarios activos.

  2. DE SU VIGENCIA

    Existirán pases permanentes, cuya duración será de un año y los pases provisionales que se expedirán por tiempo definido. Esta clasificación se aplicará a todas las clases de pases de ingreso a la Zona Libre de Colón, que existan y puedan existir.

  3. DE LAS CLASES DE PASES

    Los pases serán: personales, vehiculares y de equipo de expendio de alimentos. Todos los pases, sin distingo de su clase, son intransferibles.

    CAPITULOII

  4. PASES PERMANENTES

    A.1 DE LAS PERSONAS CON DERECHO A PASES PERMANTES PERSONALES

    Tendrán derecho a pases permanentes personales:

    Los servidores públicos que laboren dentro del área de la Zona Libre de Colón

    Los trabajadores permanentes inscritos en las planillas de la Caja de Seguro Social de cada empresa usuaria.

    Los trabajadores permanentes inscritos en la planilla de la Caja de Seguro Social de las empresas representadas por un usuario de la Zona Libre de Colón.

    ch. Los administradores, Directores y dignatarios de las empresas que se les autorice operar desde el Depósito Público.

    Los representantes legales, propietarios, ejecutivos y trabadores de empresas nacionales debidamente constituidas y autorizadas a operar en el territorio nacional que suministren o brinden servicios a la Zona Libre de Colón o a empresas usuarias establecidas en la Zona Libre de Colón.

    Los profesionales y técnicos con idoneidad comprobada que requieran ingresar al área a prestar sus servicios profesionales a la Zona Libre de Colón o a las empresas usuarias en la Zona Libre de Colón.

    Todas aquellas personas que a criterio de la Gerencia, deban portar un pase personal permanente de ingreso al área segregada incluyendo autoridades civiles, diplomáticas y religiosas.

    A.2 DE LAS CLASES DE PASES PERMANENTES PERSONALES

    Habrá cuatro (4) clases de pases permanentes personales, a saber:

    A.2.a. Pase permanente personal ejecutivo (PPPE)

    A.2.b. Pase permanente personal laboral (PPPL)

    A.2.c. Pase permanente personal visitante (PPPV)

    A.2.ch. Pase permanente personal cortesía (PPPC)

    PASE PERMANENTE PERSONAL EJECUTIVO: Tendrán derecho a un pase ejecutivo los miembros de la Junta Directiva y del Comité Ejecutivo, el Gerente y Sub-Gerente de la Zona Libre de Colón, los Directores y Ejecutivos de las empresas usuarias, con el fin de permitirle su ingreso al área segregada de la Zona Libre de Colón, en el vehículo que en el momento de ingreso conduzcan. Dicho pase ejecutivo se considerará pase vehicular, cuando sea conducido por un chofer de la empresa del beneficiario del pase...

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