Resolución Ministerial Nº 11 de 18 de marzo de 2009, MEDIANTE LA CUAL SE DECLARA VENCIDA LA CONCESIÓN A NOMBRE DE LA EMPRESA EXTRACCIONES DEL PACÍFICO, S. A. (94-84)

REPÚBLICA DE PANAMÁ

MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS

DESPACHO SUPERIOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS MINERALES

Resolución Nº 11

(De 18 de marzo de 2009)

LA MINISTRA DE COMERCIO E INDUSTRIAS

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la empresa EXTRACCIONES DEL PACÍFICO, S.A., suscribió con el Estado el Contrato Nº 66 de 22 de diciembre de 1995, publicado en la Gaceta Oficial N° 22,950 de 12 de enero de 1996, a través del cual se le otorgó derechos exclusivos para la exploración de minerales no metálicos (arena continental), en siete (7) zonas de 1,351 hectáreas, ubicadas en los corregimientos de La Ermita, El Higo y Las Uvas, distrito de San Carlos, provincia de Panamá, e identificada con el símbolo EPSA-EXPL (arena continental) 94-84, por un período de dos (2) años a partir del 12 de enero de 1996.

Que previa solicitud de la empresa EXTRACCIONES DEL PACÍFICO, S.A., y mediante Resolución N° 4 de 27 de febrero de 1998, el Ministerio de Comercio e Industrias, a través de la Dirección Nacional de Recursos Minerales, otorgó una prórroga al Contrato N° 66 de 22 de diciembre de 1995, por un término de dos (2) años contados a partir del 12 de enero de 1998.

Que por segunda ocasión y previa solicitud de la empresa EXTRACCIONES DEL PACÍFICO, S.A., el Ministerio de Comercio e Industrias, mediante Resolución N° 9 de 5 marzo de 2001, otorgó una segunda prórroga al Contrato de Exploración N° 66 de 22 de diciembre de 1995, por el término de dos (2) años contados a partir del 12 de enero de 2000.

Que a través de la Resolución N° 19 de 27 de septiembre de 2001, se ordena la segregación de la zona N° 2 de la concesión identificada con el símbolo EPSA-EXPL (arena continental) 94-84, para ser transformada a una concesión de extracción, continuando vigente la concesión de exploración sobre el resto del área concesionada, quedando con una superficie de 535 hectáreas.

Que la fecha de vencimiento del Contrato de Exploración N° 66 de 22 de diciembre de 1995, antes citada, se dio el día 12 de enero de 2002.

Que en cuanto a la prórroga de las concesiones de exploración, el artículo 14 de la Ley 109 de 1973 establece que:

Artículo 14

"………….

Las prórrogas podrán solicitarse, a más tardar, un año antes del vencimiento del contrato."

Que una vez vencido el término establecido por Ley para la presentación de la solicitud de prórroga del contrato, sin que la concesionaria hiciera uso del mismo, se produjo el vencimiento del Contrato de...

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