Decreto de Gabinete Nº 43 de 30 de octubre de 2006, POR EL CUAL SE MODIFICAN FRACCIONES DEL ARANCEL NACIONAL DE IMPORTACION
CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE N° 43
(de 30 de octubre de 2006)
Por el cual se modifican fracciones del Arancel Nacional de Importación
EL CONSEJO DE GABINETE,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional es consciente de su obligación de fortalecer e incentivar la producción agropecuaria nacional, en términos de competitividad, eficiencia, sostenibilidad y equidad para el sector agropecuario y agroindustrial;
Que es necesario respetar los compromisos adquiridos por la República de Panamá al ingresar a la Organización Mundial del Comercio, de conformidad con la Ley 23 de 1997 “Por la cual se aprueba el Acuerdo de Marrakech, constitutivo de la Organización Mundial del Comercio; el Protocolo de Adhesión de Panamá a dicho Acuerdo junto con sus anexos y lista de compromisos; se adecua la legislación interna a la normativa internacional y se dictan otras disposiciones”;
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 200 de la Constitución Política de la República de Panamá, es competencia del Consejo de Gabinete fijar y modificar los aranceles, tasas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, con sujeción a las leyes a que se refiere el numeral 11 del artículo 159 de la Constitución Política de la República de Panamá,
DECRETA:
Se modifican las siguientes fracciones del Arancel Nacional de Importación:
Fracción
Descripción
Derecho Aduanero
ITBMS
2530.20.00
-Kieserita y epsomita (sulfatos de magnesio naturales)
LIBRE
5%
2613.10.00
-Tostados
LIBRE
5%
2613.90.00
-Los demás
LIBRE
5%
3104.30.10
--Con un contenido de óxido de potasio superior al 52% en peso
LIBRE
-
3104.90.10
--Sulfato de potasio y magnesio con más de 30% en peso de óxido de potasio.
LIBRE
-
3402.11.10
---Para uso agrícola o veterinario
LIBRE
5%
3402.12.10
---Para uso agrícola o veterinario
LIBRE
5%
3402.13.10
---Para uso agrícola o veterinario
LIBRE
5%
3402.19.10
---Para uso agrícola o veterinario
LIBRE
5%
3917.21.20
---Con diámetro hasta 4 pulgadas, excepto para sistemas de regadío
10%
5%
3917.22.20
---Con diámetro hasta 4 pulgadas, excepto para sistemas de regadío
10%
5%
3917.23.20
---Con diámetro hasta 4 pulgadas, excepto para sistemas de regadío
10%
5%
3926.90.70
--Geomembranas y geomallas, propias para
filtración o contención de tierra o uso agrícola
LIBRE
5%
3926.90.98
Bandejas para enraizar o germinar y grapas de amarre o soporte de uso hortícola.
LIBRE
5%
4415.20.90
--Las demás
LIBRE
5%
5607.49.00
--Los demás
LIBRE
5%
5608.90.90
--Las demás
LIBRE
5%
8413.91.00
--De bombas
LIBRE
5%
8421.21.00
--Para filtrar o depurar agua
LIBRE
5%
8427.10.00
-Carretillas autopropulsadas con motor eléctrico
LIBRE
5%
8427.20.00
-Las demás carretillas autopropulsadas
LIBRE
5%
8427.90.00
-Las demás carretillas
LIBRE
5%
8481.10.00
-Válvulas reductoras de presión
LIBRE
5%
8481.30.00
-Válvulas de retención
LIBRE
5%
8481.40.00
-Válvulas de alivio o seguridad
LIBRE
5%
8481.80.20
--Las demás válvulas
LIBRE
5%
8481.90.00
-Partes
LIBRE
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