Acuerdo Nº 627 de 16 de octubre de 2009, 'POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 91, 92 Y 93 DEL ACUERDO N° 523 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2008, 'POR EL CUAL SE APRUEBA EL PREÁMBULO Y EL TEXTO ARTICULADO DEL CÓDIGO DE ÉTICA JUDICIAL PANAMEÑO'.
REPÚBLICA DE PANAMÁ
ÓRGANO JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Acuerdo No.627
( De 16 de octubre de 2009)
En la ciudad de Panamá, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año dos mil nueve (2009), se reunieron los Magistrados que integran el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, con la asistencia de la Secretaria General, Encargada.
Abierto el acto, la Magistrada Presidenta Encargada hizo uso de la palabra manifestando que el motivo de la reunión para considerar la conveniencia y necesidad de ampliar la participación de Abogadas o Abogados en la conformación de la Comisión de Ética Judicial y que ha sido convocada según los artículos 91 y 92 del Acuerdo No. 523 del 04 de septiembre de 2008. En este sentido la Universidad Santa María la Antigua y las Asociaciones de Magistradas y Juezas del Órgano Judicial de Panamá y de Magistrados y Jueces, han confrontado dificultades para designar las ternas de dos Magistrados y Jueces "jubilados" que les corresponde. Al evaluar esta circunstancia amerita extender dicha participación.
Sometido a consideración la modificación de los artículos 91, 92 y 93 del Acuerdo No. 523 del 04 de septiembre de 2008, por medio del cual se aprueba el preámbulo y el texto articulado del Código de Ética Judicial Panameño, éste recibió el voto unánime de los Magistrados que integran el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y se acordó aprobar la modificación de estas disposiciones. En consecuencia:
ACUERDA:
PRIMERO: Se modifica el artículo 91 del Acuerdo No. 523 del 04 de septiembre de 2008 y redacción queda así:
Una posición de Magistratura de la Corte Suprema.
Dos personas (abogadas) que se hayan desempeñado como Magistrados o Jueces.
Un abogado o abogada en ejercicio o retirado, y
Un abogado o abogada en la docencia universitaria.
SEGUNDO: Se modifica el artículo 92 del acuerdo No. 523 del 04 de septiembre de 2008 y
queda así:
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