Decreto de Gabinete Nº 3 de 17 de enero de 2007, "QUE AUTORIZA A LA CAJA DE SEGURO SOCIAL PARA QUE, EN EL MOMENTO OPORTUNO Y PREVIA APROBACION DE SU JUNTA DIRECTIVA, INVIERTA EN TITULOS VALORES DEL ESTADO PANAMEÑO"

DECRETO DE GABINETE N° 3

(de 17 de enero de 2007)

Que autoriza a la Caja de Seguro Social para que, en el momento oportuno y previa aprobación de su Junta Directiva, invierta en Títulos Valores del Estado Panameño

EL CONSEJO DE GABINETE,

en uso de sus facultades constitucionales y legales,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N°39,088-2006-J.D. del 21 de septiembre de 2006, la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social autorizó al Director General para que obtenga la autorización anual previa, por parte del Consejo Económico Nacional y del Consejo de Gabinete, para que la institución, en el momento oportuno, invierta en Títulos Valores del Estado Panameño, emitidos para el mercado local e internacional en las cantidades y límites previamente autorizados por la Junta Directiva en el presupuesto anual de inversiones de la Caja de Seguro Social;

Que esta gestión tiene el objetivo de permitirle a la Caja de Seguro Social actuar con mayor celeridad, flexibilidad y oportunidad en estos mercados, con parámetros razonables de riesgo, liquidez y rendimiento, preservando los principios de transparencia y cumpliendo con el porcentaje y condiciones que señala el artículo 108, numeral 6, Capítulo IX, de la Ley 51, Orgánica de la Caja de Seguro Social;

Que los rendimientos de los Títulos Valores del Estado en posesión de la Caja de Seguro Social han permitido un flujo de fondos sostenido para los riesgos de Invalidez, Vejez y Muerte y Riesgos Profesionales, generando un retorno promedio de más de siete por ciento (7%) anual, con un mínimo costo de administración y bajo riesgo;

Que es un objetivo fundamental de la Caja de Seguro Social maximizar el rendimiento de los fondos de las reservas financieras de los diferentes riesgos, particularmente los de Invalidez, Vejez y Muerte, y Riesgos Profesionales;

Que el Consejo Económico Nacional, en sesión celebrada el 30 de noviembre del 2006, emitió opinión favorable a la solicitud de la Caja de Seguro Social, para que se emita una autorización anual para la inversión en Títulos Valores del Estado Panameño, en las cantidades y límites autorizados por la Junta Directiva en el presupuesto anual de inversiones de la Caja de Seguro Social,

DECRETA:

Artículo 1. Autorizar a la Caja de Seguro Social para invertir en Títulos Valores de la República de Panamá, emitidos para el mercado local e internacional, en las cantidades y límites autorizados por la Junta Directiva en el presupuesto anual de inversiones de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR